Regulación De Combustibles
Carlos Leiva, Economista
La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) convoca a Audiencia Pública cada vez que actualiza losprecios y tarifas o cambia el modelo empleado para ello. En los combustibles, hay dos ajustes, el ordinario y el extraordinario. En el primero, normalmente a fin de año, se consideran todos los factoresde costo y el extraordinario se efectúa mensualmente, considerando sólo los precios promedios de los productos vigentes en el mercado internacional durante los últimos quince días y el tipo de cambio(colones por dólar).
En el ajuste extraordinario ARESEP hace una propuesta inicial, considerando los parámetros señalados. Personas, empresas públicas y privadas y grupos involucrados, objetan oaprueban aquella propuesta. Con las observaciones formuladas, ARESEP determina los precios y los somete a la Junta Directiva, y las cotizaciones autorizadas se publican en el Diario Oficial “LaGaceta”.
Uno de los requisitos para asignar eficientemente los recursos, producir al costo mínimo y maximizar la satisfacción de los consumidores, es trasladar lo más pronto posible, variaciones de loscostos de producción a los usuarios. La revisión, obligada por la convocatoria pública, imposibilita realizarla antes de un mes. Por lo que, cuando aumentan los precios externos, la RefinadoraCostarricense de Petróleo (RECOPE) incurre en pérdidas temporales en la venta de los hidrocarburos, y los usuarios por consiguiente se ven beneficiados. Por el contrario, cuando dichos precios disminuyen,aquélla Institución obtiene ganancias imprevistas, y los consumidores se perjudican por el atraso en la actualización de los precios domésticos.
Este desface en la actualización de las cotizaciones genera,frecuentemente, que los precios domésticos crezcan o disminuyan, cuando lo contrario ocurre en el mercado internacional, lo cual, en el último caso, provoca malestar a los usuarios, afectando...
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