Regulación y registro de la industria alimentaria.
Regulación y registro de la
industria alimentaria.
Regulación y registro de la industria alimentaria
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
Artículo 149
1. El Estado tiene competencia exclusivasobre las
siguientes materias:
8.ª Legislación civil, sin perjuicio de la conservación, modificación y
desarrollo por las Comunidades Autónomas de los derechos civiles,
forales o especiales, allídonde existan. En todo caso, las reglas
relativas a la aplicación y eficacia de las normas jurídicas, relaciones
jurídico-civiles relativas a las formas de matrimonio, ordenación de
los registros einstrumentos públicos, bases de las obligaciones
contractuales, normas para resolver los conflictos de leyes y
determinación de las fuentes del derecho, con respeto, en este último
caso, a lasnormas de derecho foral o especial.
Regulación y registro de la industria alimentaria
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
Artículo 105
La ley regulará:
a) La audiencia de los ciudadanos, directamente o através
de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la
ley, en el procedimiento de elaboración de las
disposiciones administrativas que les afecten.
b) El acceso de los ciudadanos a los archivosy registros
administrativos, salvo en lo que afecte a la seguridad y
defensa del Estado, la averiguación de los delitos y la
intimidad de las personas.
c) El procedimiento a través del cual debenproducirse los
actos administrativos, garantizando, cuando proceda, la
audiencia del interesado.
Regulación y registro de la industria alimentaria
• Real Decreto 1712/1991, de 29 denoviembre, sobre Registro General
Sanitario de Alimentos.
Regulación y registro de la industria alimentaria
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NORMAS PREVENTIVAS/SEGURIDAD
Establecimiento de bases legales.
Coordinaciónde los recursos de vigilancia y
control.
Fomento del autocontrol en todas las
empresas del sector alimentario.
Establecimientos de sistemas de alerta y
previsión de riesgos.
Regulación y...
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