regulacion contrato de menores
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Trabajo de menores de edad
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La norma laboral autoriza excepcionalmente a los menores de dieciocho años y mayores de quince a celebrar
contratos de trabajo sólo para realizar trabajos ligeros que no perjudiquen su salud y desarrollo siempre que
cuenten con autorización expresa del padre o madre; a falta de ellos, del abuelo o abuela paterno o materno; oa
falta de éstos, de los guardadores, personas o instituciones que hayan tomado a su cargo al menor, o a falta de
todos los anteriores, del inspector del trabajo respectivo.
Estructura Organizacional
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Regiones
◦
◦ I.- Regulación al Trabajo de Menores
Arica-Parinacota
◦ II.- Trabajos peligrosos que impiden celebrar contratos con menores de dieciocho años de edadTarapacá
◦ III.- Obligaciones del Empleador
Antofagasta
◦ IV.- Autorización para prestar servicios de un menor de edad emanada del Inspector del Trabajo
Atacama
Coquimbo
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Valparaíso
Metropolitana
O'Higgins
Maule
Bío Bío
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I.- Regulación al Trabajo de Menores
Para los efectos de las leyes laborales, se considerarán mayores de edad y se encuentran
facultados acontratar libremente la prestación de sus servicios los mayores de dieciocho años.
Araucanía
Los Ríos
Los Lagos
Aysén
Magallanes y Antártica
Chilena
La norma laboral autoriza excepcionalmente a los menores de dieciocho años y mayores de
quince a celebrar contratos de trabajo sólo para realizar trabajos ligeros que no perjudiquen su
salud y desarrollo siempre que cuenten conautorización expresa del padre o madre; a falta de
ellos, del abuelo o abuela paterno o materno; o a falta de éstos, de los guardadores, personas o
instituciones que hayan tomado a su cargo al menor, o a falta de todos los anteriores, del inspector
del trabajo respectivo
En forma previa a la iniciación de la tarea o función a desarrollar, se deberá acreditar haber culminado su Educación Media oencontrarse actualmente cursando ésta o la Educación Básica. De encontrarse actualmente cursando la E. Básica o Medía, las labores
no deberán dificultar su asistencia regular a clases y su participación en programas educativos o de formación
La Jornada de trabajo de los menores no podrá extenderse por más de treinta horas semanales durante el período escolar y en ningún
caso podrán trabajar más de ochohoras diarias
Los menores de dieciocho años de edad no serán admitidos en trabajos ni en faenas que requieran fuerzas excesivas, ni en actividades
que puedan resultar peligrosas para su salud, seguridad o moralidad.
Queda prohibido el trabajo de menores de dieciocho años en cabarets y otros establecimientos análogos, considerando también
aquellos en los cuales se expendan bebidas alcohólicasque deban consumirse en el mismo establecimiento.
Queda prohibido a los menores de dieciocho años todo trabajo nocturno en establecimientos industriales y comerciales, que se ejecuten
entre las veintidós y las siete horas, con excepción de aquellos en que únicamente trabajen miembros de la familia y que estos se
encuentren bajo la autoridad de uno de ellos.
Solamente en casos debidamentecalificados, con la autorización de su representante legal o del respectivo Tribunal de Familia, podrá
permitirse a los menores de quince años que celebren contrato de trabajo con personas o entidades dedicadas al teatro, cine, radio,
televisión, circo u otras actividades similares.
Los menores de veintiún años no podrán ser contratados para trabajos mineros subterráneos sin someterse previamente...
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