REINVIDACION DE DOMINIO Grupo No
DOMINIO
GRUPO NO.10
INTRODUCCION
La acción de reivindicación fue ya usada en el
Derecho Romano, para defender al propietario
cuando ha sufrido desposesión. Por esta acción el
propietario desposeído solicita que se le
reconozca
su derecho
de
propiedad y
en
consecuencia,
se
le
restituya
la
cosa
ilegítimamente sustraída. En principio lo que se
trataba de lograr era la restituciónde la cosa
pero podía suceder que la cosa ya no existiera. En
la época clásica, si la cosa no existía por caso
fortuito o fuerza mayor, antes de la traba de la
litis, el demandante ya no podía peticionar nada,
salvo los daños contra el poseedor de mala fe.
LA REIVINDICACIÓN
Conceptos:
Supuesto de la Acción Reivindicatoria
La reivindicación o acción de dominio es la que tiene
el dueño deuna cosa singular, de que no está en
posesión, para que el poseedor de ella sea
condenado a restituírsela. Son pues, supuestos de
esta acción:
A) Artículo 868 del Código Civil de Honduras.
B) Que el demandante tenga el derecho de propiedad
de la cosa que reivindica.
C) Que este privado o destituido de la posesión de
esta; y
Que se trate de una cosa singular.
Alcance y Efecto Jurídico de laAcción
Por la acción reivindicatoria el actor no
pretende que se declare su derecho de
dominio, puesto que afirma tenerlo, sino
que demanda que el Juez lo haga
reconocer o constar y como consecuencia,
ordene la restitución de la cosa a su poder
por el que la posee. Los efectos de la
acción reivindicatoria son la restitución de
la cosa con sus accesorios y los abonos
por
razón
de
frutos,
mejoras
omenoscabos, que deben hacerse entre si
el reivindicador y el poseedor vencido.
Casos en que no Procede la
Reivindicación:
1. Contra los que ya adquirieron la cosa
por
prescripción.
2. Contra los terceros poseedores de buena fe que
hayan inscrito sus títulos en el Registro de la
propiedad, siempre que la acción reivindicatoria
se funda en la resolución o rescisión del contrato.
3. Contra los demásterceros poseedores de buena
fe, si la acción reivindicatoria es consecuencia de
la rescisión del contrato; salvo los casos
expresamente señalados por la ley. Artículo 1599
del Código Civil de Honduras.
4. Artículo 2347 del Código Civil de Honduras.
Quién Puede Reivindicar
a) En
principio, solo puede reivindicar el
propietario, ya sea que tenga la propiedad
plena o únicamente la nuda propiedad
b)El que ha perdido posesión regular de la
cosa. Dice el Artículo 873 del Código Civil
La acción de reivindicación es
usada para defender al propietario
cuando ha sufrido desposesión.
“La reivindicación o acción de
dominio es la que tiene el dueño
de una cosa singular, de que no
está en posesión, para que el
poseedor de ella sea condenado a
restituirla”.
Esta acción prospera siempre y cuandoquien
se encuentra poseyendo no haya adquirido
la propiedad por prescripción adquisitiva de
dominio, es decir, que el que posee ya sea
por medio de la prescripción ordinaria o
extraordinaria, y a través de un proceso de
pertenencia no lo hayan declarado dueño de
la cosa
Incluso puede darse el caso de que cuando
se demanda por acción reivindicatoria de
dominio, el demandado, ósea el poseedorcontrademande para que se declare que por
prescripción adquisitiva de dominio este
adquirió la propiedad
De igual forma para que la acción
reivindicatoria proceda es necesario que
concurran las siguientes circunstancias:
Que quien se demanda sea el actual
poseedor.
Concordancia entre el título de propiedad
y el bien objeto del litigio.
Que quien demanda sea el titular del
dominio, sin importar sitiene la propiedad
plena, nuda o fiduciaria de la cosa.
El demandante, es decir, el propietario
debe
desvirtuar
la
presunción
de
propietario que recae sobre el poseedor.
PRUEBA DEL DOMINIO
Sujeto Sobre el Cual Recae la Carga de la
Prueba
En general el demandante debe probar los
supuestos de la acción que entabla y el
demandado los de la excepción que hace
valer, y como primer supuesto de...
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