Relaciones con otras ramas jurídicas
1. Con el derecho constitucional
Para iniciar, el derecho constitucional marca postulados y principios generales tendientes a resolver elproblema socialagrario. Las constituciones políticas de diversos estados, contienen preceptos, sujetos a posterior desarrollo por medio de la legislación ordinaria, que estánorientados a resolver el problema de loshombres sin tierra y de la tierra sin hombres. Las funciones del Estado, regularmente contenidas en las constituciones escritas, contemplantoda una gama de atribuciones y deberes que a éste incumbecumplir y entre ellos se encuentran, en forma general, una justa y apropiada explotación de la tierra y el desarrolloagropecuario del país, por lo demás, también es corriente que, dentro del mismo ordenconstitucional, se fije el derecho que todo individuo tiene a la tierra, además de las limitacionesy modalidades que el estado puede imponer a la propiedad rural. No puede dejar de considerarse, eneste terreno, la circunstancia de que el derecho agrario tiene su base y una desus más importantes fuentes en la constitución.
2. Con el derecho civil
Fernando Brebbia manifiesta que, lapropiedad agraria, los contratos agrarios, la reforma agraria y elaprovechamiento de aguas, que entre otras materias constituyen objeto de estudio del derecho agrario, han tenido su origen en el derechocivil, este autor sugiere que lo propioocurre con la apropiación de la riqueza agrícola, las obligaciones y contratos derivados del dominio sobre bienes rústicos, sin olvidar que el derecho agrario, deacuerdo con suscaracterísticas, renova totalmente el tratamiento que se debe dar a dichas instituciones, a las que despoja de su carácter absolutista y subjetivo que tradicionalmente han tenido.
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