Relaciones Laborales Opd
En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 74, fracción III y 76 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero, promulgo y ordeno la publicación, para su debida observancia, del presente Decreto, en la Residencia Oficial del PoderEjecutivo Estatal, en la Ciudad de Chilpancingo, Guerrero, a los veinticuatro días del mes de junio del año dos mil nueve, por lo que con fundamento en lo dispuesto en los artículos 47 fracción I de la Constitución Política Local y 8 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo en vigor, el Honorable Congreso del Estado, decreta y expide el Decreto Número 103 por el que se crea el OrganismoPúblico Descentralizado Universidad Politécnica del Estado de Guerrero. En ese tenor se crea como un Organismo Público Descentralizado del gobierno del estado de Guerrero, con personalidad jurídica y patrimonio propios.
Asimismo, el artículo 61 del Decreto 103, por el que se crea el organismo descentralizado Universidad Politécnica del Estado de Guerrero, establece la regulación de lasrelaciones laborales estipulando lo siguiente:
“Las relaciones laborales entre la Universidad Politécnica del Estado de Guerrero con su personal de confianza, académico, técnico y de apoyo, con excepción del que se contrate por honorarios en términos del Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero, se regirán por la Ley Federal del Trabajo, reglamentaria del apartado A) del artículo 123Constitucional, las disposiciones estatales en la materia y demás legislación reglamentaria.”
Siendo su fundamento constitucional el artículo 3º fracción VII, donde dispone que Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas; realizarán sus fines de educar, investigar ydifundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas; determinarán sus planes y programas; fijarán los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico; y administrarán su patrimonio. Las relaciones laborales, tanto del personal académico como del administrativo, se normaránpor el apartado A del artículo 123 de esta Constitución, en los términos y con las modalidades que establezca la Ley Federal del Trabajo conforme a las características propias de un trabajo especial, de manera que concuerden con la autonomía, la libertad de cátedra e investigación y los fines de las instituciones a que esta fracción se refiere.
Por otro lado la comisión Dictaminadora dellegislativo estatal, consideró que amparados en la Ley General de Educación que en su capitulo I de las disposiciones generales en su artículo 1°, dispone que:
"Esta Ley regula la educación que imparten el Estado-Federación, entidades federativas y municipios-, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios. Es de observanciageneral en toda la República y las disposiciones que contiene son de orden público e interés social. La función social educativa de las universidades y demás instituciones de educación superior a que se refiere la fracción VII del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se regulará por las leyes que rigen a dichas instituciones".
Situación que guarda congruenciacon el decreto que dio el origen a la Universidad, aunado que el precepto constitucional establece concordancia en la autonomía de regulación interna, lo robustece la jurisprudencia a saber:
UNIVERSIDADES PÚBLICAS. LA AUTONOMÍA DE LA QUE LEGALMENTE PUEDEN SER DOTADAS LES CONFIERE LA FACULTAD DE AUTOGOBIERNO.
Del artículo 3o., fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos...
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