RELATORIO G
RELATORIO AULA 16 – MAIO – 2013
DOCENTE: Prof. Cat. Albino Lopes
TEMA: PROCESAMIENTO SALARIAL
En primer lugar lo que se tiene que hacer es lainscripción en la Seguridad Social en caso de que aún no tenga número identificativo.
Antes de que el trabajador entre a ejercer su labor en la organización, el sistema gestor de los Recursos Humanos de laempresa tiene que comunicar a la Seguridad Social 24 horas antes.
El trabajador ya queda vinculado a la Seguridad Social en calidad de trabajador beneficiario.
Indicar el número del trabajador, éstacomunicación debe ser efectuada a través del servicio de la Seguridad Social Directa o cualquier medio adscrito, pudiendo utilizar formulario.
Así mismo la Organización u entidades empleadoras debenentregar una declaración de la Seguridad Social al trabajador.
En caso de cesión o suspensión del contrato es obligatorio comunicar hasta el día 10 del mes siguiente.
La Organización u entidadempleadora en caso de NO comunicar:
La admisión de nuevos trabajadores.
Se presume que el trabajador inicio la prestación de trabajo el 1º día del 6º mes anterior a la verificación del incumplimiento.Queda sujeta a aplicación de:
Contra ordenación leve, cuando el deber fuese cumplido en las 24 horas siguientes al término del plazo y Contra ordenación grave en las restantes situaciones.
Elprocesamiento salarial pasa por 4 etapas que son:
Recogida de información sobre los funcionarios/Órgano Social.
Procesamiento de los salarios y encargos.
Contabilidad.
Pagamento efectivo de los salarios.Cuando un colaborador es admitido por la empresa, el cliente procede a la respectiva introducción de los datos en el programa informático. Por otro lado, cuando ocurra una dimisión de un colaborador,se retiran sus datos de este mismo programa de forma que no se confundan con los actuales colaboradores y ex colaboradores.
Para proceder al procesamiento salarial, es necesario tener atención en...
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