RELEVANCIA JURIDICA ACTUAL DE LOS TEMAS TRATADOS EN EL LIBRO: “EL ALMA DE LA TOGA” DE ANGEL OSSORIO Y GALLARDO
“El derecho no establece la realidad sino que la sirve, y por esto camina mansamente tras ella, consiguiendo rara vez marchar a su paso”1 Esto señala el jurisconsulto, escritor y político español ANGEL OSSORIO Y GALLARDO en su libro “EL ALMA DE LA TOGA”.
A mi juicio, no puedehaber verdad más cierta que esta, si de hablar de Derecho se trata; pues pensamientos como estos, parecieran aclarar la larga disputa que gira entorno a la relación que existe entre el derecho y la moral, y de cómo estas coexisten para garantizar a un ordenamiento jurídico el cumplimiento de un verdadero sentido de justicia, ya que bajo esta concepción y tal como lo expone HEBERT HART2 con su teoríadel positivismo jurídico “Los sistemas jurídicos poseen contenidos morales mínimos que vienen determinados por los propósitos vitales que cabe considerar compartidos por todos los hombres que viven en sociedad y por la forma que debe asumir un sistema jurídico para ser de utilidad en sociedades de este tipo”.Entendiendo con lo anterior, que el derecho debe valerse de reglas generales para regirla conducta de los hombres, quienes a su vez, obedecen su actuar, a lo que el jurista recientemente fallecido RONALD DWORKIN3 insistió en llamar “Principios o reglas morales” los cuales aunque no son el derecho en sí mismo, si son materiales que los juristas deben utilizar para resolver los conflictos jurídicos.
En el capítulo de “La moral del abogado” ANGEL OSSORIO plantea acepciones que puedenser confusas y a la vez contradictorias con lo que más adelante en su mismo libro escribe; Es así el caso en que nos incita y aconseja que “al encontrar un aspecto moral en un problema y no encontrar formula amparada en las leyes, debemos resolverla en el sentido que la moral nos marque y pelear contra la ley injusta o inadecuada o arcaica, propugnar lo que creemos justo y vulnerar el derechopositivo”aseverandoen otros capítulos que “la abogacía se cimienta en la rectitud de la conciencia” y que “en las actuaciones jurídicas no se debe pedir, ni aun consintiéndolo las leyes, aquellas cosas que sean contrarias a nuestros convencimientos fundamentales o a las inclinaciones de nuestra conciencia”.
Bajo este supuesto, llevado a la realidad jurídicaactual, deberíamos apoyar las actuaciones delos conservadoresDr. ALEJANDRO ORDOÑEZ4Procurador General de la Nación y del Senador ROBERTO GERLEIN, al discriminar incisivamente en libros, y públicamente a las parejas del mismo sexo, hasta el punto de rebajarlos a la categoría de animales y emitir comentarios, que no sería digno repetir en este escrito;además de oponerse al proyecto de Ley N° 047 de 2012, que regulara la unión civil entreparejas del mismo sexo, el cual fue aprobado en primer debate, el 4 de Diciembre de 2012 por la Comisión Primera del Senado, y se encuentra a la espera de otros debates, que según lo exhortado por la Corte Constitucional en Sentencia C-577/2011 M.P. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo- deberán resolver y legislar hasta el 20 de Junio del año en curso; ya que sus actuaciones solo denotan lasinclinaciones de su conciencia y de su moral.
La jurisprudencia Colombiana, entendiendo que el derecho está en constante cambio, sabiamente ha reconocido alas parejas del mismo sexo (PMS)ciertos derechos, que garantizan su igualdad ante los demás, en esta sociedad, en sentencias como la C- 075/2007 (que regulo la unión marital de hecho entre homosexuales y algunos derechos patrimoniales de la pareja);S-C336/2008 (precisó que las normas que regulan la pensión de sobrevivientes entre compañeros permanentes son aplicables también para el caso de PMS); S-C798/2008 (sobre tipificación del delito de inasistencia alimentaria entre compañeros permanentes del mismo sexo); S- C029/2009 (sobre la aplicación a las PMS de más de 20 distintas normas legales de muy diverso contenido, incluyendo disposiciones...
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