Remuneraciones
NATURALEZA DE LA COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS Y EFECTOS DEL PAGO
Artículo 1.- La compensación por tiempo de servicios tiene la calidad de beneficio social de previsión de las contingencias que origina el cese en el trabajo y de promoción del trabajador y Su familia.
Artículo 2.- La compensación por tiempo de servicios se devenga desde el primer mes de iniciado elvínculo laboral; cumplido este requisito toda fracción se computa por treintavos.
La compensación por tiempo de servicios se deposita semestralmente en la institución elegida por el trabajador. Efectuado el depósito queda cumplida y pagada la obligación, sin perjuicio de los reintegros que deban efectuarse en caso de depósito insuficiente o que resultare diminuto.
CONCORDANCIA: D.S. Nº 001-2001-TR,Art. 1
Artículo 3.- La compensación por tiempo de servicios que se devengue al cese del trabajador por período menor a un semestre le será pagada directamente por el empleador, dentro de las 48 horas de producido el cese y con efecto cancela torio. La remuneración computable será la vigente a la fecha del cese.
TRABAJADORES COMPRENDIDOS
Artículo 4.- Sólo están comprendidos en el beneficio de lacompensación por tiempo de servicios los trabajadores sujetos al régimen laboral común de la actividad privada quecumplan, cuando menos en promedio, una jornada mínima diaria de cuatro horas.
Artículo 5.- Se encuentran igualmente comprendidos en la presente Ley, aquellos trabajadores sujetos al régimen laboral y compensatorio común de la actividad privada, aun cuando tuvieran un régimen especialde remuneración; la determinación de la remuneración computable se efectuará atendiendo dicho régimen especial.
TRABAJADORES EXCLUIDOS
Artículo 6.- No están comprendidos en el régimen de compensación por tiempo de servicios los trabajadores que perciben el 30% o más del importe de las tarifas que paga el público por los servicios. No se considera tarifa las remuneraciones de naturaleza imprecisatales como la comisión y el destajo.Los trabajadores sujetos a regímenes especiales de compensación por tiempo de servicios, tales como construcción civil, pescadores, artistas, trabajadores del hogar y casos análogos, continúan regidos por sus propias normas. Por Decreto Supremo podrá incorporarse al régimen compensatorio común establecido en esta Ley aquellos regímenes especiales cuyanaturaleza sea compatible con la misma y su jerarquía normativa lo permita.
DEL TIEMPO DE SERVICIOS COMPUTABLES
Artículo 7.- Sólo se toma en cuenta el tiempo de servicios efectivamente prestado en el Perú, o en el extranjero cuando el trabajador haya sido contratado en el Perú.Artículo 8.- Son computables los días de trabajo efectivo. En consecuencia, los días de inasistencia injustificada, así como losdías no computables se deducirán del tiempo deservicios a razón de un treintavo por cada uno de estos días.Por excepción, también son computables:
a) Las inasistencias motivadas por accidente de trabajo o enfermedad profesional o por Enfermedades debidamente comprobadas, en todos los casos hasta por 60 días al año. Se Computan en cada período anual comprendido entre el 1 de noviembre de un año yel 31 de octubre del año siguiente;
b) Los días de descanso pre y post natal;
c) Los días de suspensión de la relación laboral con pago de remuneración por el empleador;
d) Los días de huelga, siempre que no haya sido declarada improcedente o ilegal; y,
e) Los días que devenguen remuneraciones en un procedimiento de calificación de despido
VACACIONES ANUALES
Artículo 11.- Tienen derecho adescanso vacacional el trabajador que cumpla una jornada ordinaria mínima de cuatro (04) horas, siempre que haya cumplido dentro del año de servicios, el récord previsto en el Artículo 10 del Decreto Legislativo.
Artículo 12.- De conformidad con el inciso d) del Artículo 12. del Decreto Legislativo solamente los primeros sesenta (60) días de inasistencia por enfermedad común,...
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