Renta Quindio
LA ASAMBLEA DEL DEPARTAMENTO DEL QUINDIO, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por elartículo 300 de la Constitución Política de Colombia, el Decreto Nº 1222 de 1986 y Estatuto Tributario Nacional.
ORDENA
PRINCIPIOS RECTORES
ARTICULO 1º. DEBIDO PROCESO. Los ciudadanos contribuyentes del Departamento del Quindío solo serán investigados por funcionario competente y con la observancia formal y material de las normas que determinan la ritualidad del presente Estatuto,en los términos de la Ley y los reglamentos vigentes, con ocasión a comportamientos aquí previstos como susceptibles de averiguación e indagación.
ARTICULO 2º. (Modificado según Ordenanza No.005 de Mayo 17 de 2006) FAVORABILIDAD. En los trámites de fiscalización, determinación, discusión, cobro coactivo administrativo, devoluciones y en general, dentro de la actuación tributaria departamentalno habrá lugar a la aplicación del principio de favorabilidad.
ARTICULO 3º. PRESUNCIÓN DE INOCENCIA. A quien se atribuya una falta susceptible de investigación en asuntos contemplados dentro del presente Estatuto de Rentas, se presume inocente mientras no se declare su responsabilidad mediante decisión ejecutoriada.
Durante la actuación toda duda razonable se resolverá a favor delinvestigado cuando no haya modo de eliminarla.
ARTICULO 4º. CULPABILIDAD. En los asuntos de que trata el presente Estatuto de Rentas quede proscrita toda forma de responsabilidad objetiva. Las faltas solo son sancionables a título de dolo o culpa.
ARTICULO 5º. (Modificado según Ordenanza No.005 de Mayo 17 de 2006) DERECHO A LA DEFENSA. Dentro de la actuación de fiscalización, determinación,discusión, cobro coactivo y demás actuaciones relacionadas con las rentas o tributos departamentales, los contribuyentes o responsables podrán actuar a nombre propio o hacerse representar por un abogado defensor que intervenga dentro de la actuación en defensa de sus derechos e intereses.
Durante la actuación del cobro coactivo, si el contribuyente o responsable no se notifica del mandamientode pago, se procederá a la designación de curador ad litem, de conformidad con el Código de Procedimiento Civil.
ARTICULO 6º. (Modificado según Ordenanza No.005 de Mayo 17 de 2006) DOBLE INSTANCIA. Dentro de los trámites de fiscalización, determinación o liquidación, sanciones, devolución y cobro coactivo de los impuestos o tributos establecidos a favor del Departamento, no habrá lugar ala aplicación de la doble instancia. En las actuaciones en relación con los recursos se dará aplicación a lo establecido en el Estatuto Tributario Nacional y demás normas legales relacionada con los impuestos departamentales.
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 7º. ÁMBITO DE APLICACIÓN. Este Estatuto establece los principios básicos y las normas fundamentales que constituyen el régimentributario del Departamento del Quindío, y le son aplicables a todos los impuestos, tasas y contribuciones departamentales.
ARTICULO 8º. PRINCIPIOS DEL SISTEMA TRIBUTARIO DEPARTAMENTAL. El sistema tributario departamental se funda en los principios de equidad, progresividad y eficiencia y sus normas no serán aplicadas con retroactividad.
ARTICULO 9º. ADMINISTRACIÓN Y CONTROL. Laadministración y control de los tributos territoriales es competencia de la administración departamental a través de la Secretaría de Hacienda a instancias de la Dirección de Gestión de Ingresos. Públicos.
Dentro de las funciones de administración y control de los tributos se encuentran, entre otras, la fiscalización, el control, la liquidación oficial, la discusión, el recaudo, el cobro,...
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