Reporte de anual
Índice
1 Objetivo
2 Campo de aplicación
3 Referencias
4 Definiciones
5 Obligaciones del patrón
6 Obligaciones de los trabajadores
7 Condiciones mínimas de seguridad de los equipos
8 Procedimiento para obtener la autorización de funcionamiento
9 Demostración dela seguridad del equipo y de sus dispositivos de seguridad
10 Recipientes criogénicos
11 Inspecciones
12 Unidades de verificación
Apendice a Formato N-020
Apendice b Formato N-020-C
13 Vigilancia
14 Bibliografía
15 Concordancia con normas internacionales
1 Objetivo
Establecer los requisitos mínimos de seguridad para el funcionamiento de los recipientes sujetos a presión y calderas en loscentros de trabajo, para la prevención de riesgos a los trabajadores y daños en las instalaciones.
2 Campo de aplicación
2.1 La presente Norma Oficial Mexicana rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo en donde funcionen recipientes sujetos a presión interna o externa, calderas o recipientes criogénicos.
2.2 Los equipos que cumplan con las variables decualquiera de los incisos citados en los apartados 2.2.1 y 2.2.2 no requieren de la autorización de funcionamiento ante la Secretaría, pero para ellos se debe cumplir con lo establecido en los apartados 5.1, 5.3, 5.5, 5.6 y 5.7.
2.2.1 Recipientes sujetos a presión:
a. que su sección transversal más amplia sea menor de 15.2 cm sin importar la longitud del recipiente, y que además contenga fluidosno peligrosos;
b. que trabajen con agua, aire y/o fluidos no peligrosos, que su temperatura de operación no exceda de 70 °C y que la presión de calibración del dispositivo de seguridad sea inferior a 5.0 kg/cm2. Los equipos que trabajen a vacío sí requieren autorización de funcionamiento;
c. que se destinen a contener líquidos criogénicos, cuyo volumen sea menor a 1m3, su diámetro noexceda de 100 cm en la sección más amplia del recipiente interior, y la presión de calibración del dispositivo de seguridad se encuentre entre 0 y 5 kg/cm2;
d. que trabajen interconectados en una misma línea de proceso donde la presión de operación del conjunto de equipos, y la de cada uno de los equipos, se encuentre entre 0.3 y 2 kg/cm2 de presión manométrica, y al final de la línea de procesose encuentren abiertos a la atmósfera;
e. que sean receptores de aire asociados con los sistemas de frenos de equipo móvil.
2.2.2 Calderas:
a. que cuenten con una superficie de calefacción menor de 10 m2 y que la presión de calibración del dispositivo de seguridad sea menor a 3.5 kg/cm2;
b. que su temperatura de operación no sea mayor de 70° C.
2.3 Quedan exceptuados delcumplimiento de esta Norma:
a. las campanas de buceo;
b. las cámaras o campanas hiperbáricas;
c. los recipientes utilizados como extintores;
d. las tuberías y sus componentes (juntas de expansión y conexiones);
e. los recipientes portátiles que contengan gases comprimidos;
f. las partes para contener presión de otros componentes o mecanismos que sirven para mezclado, separación,aspersión, distribución, medición o control de fluidos;
g. los equipos que contengan gas licuado de petróleo que se encuentran regulados por otras disposiciones legales cuya vigilancia compete a la Secretaría de Energía;
h. Carros-Tanque que transporten gases comprimidos, cuyas regulaciones se encuentran a cargo de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
3 Referencias
Para lacorrecta interpretación de esta Norma, deben consultarse las siguientes Normas vigentes o las que las sustituyan:
NOM-018-STPS-2000 Sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo.
NOM-026-STPS-1998 Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías.
NMX-B-482-1991...
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