requisitos de existencia y validez de loa actos procesales
Hemos señalado anteriormente que los AJP son sólo una especie de actos
jurídicos, por lo que a su respecto rigen las mismas normas que la ley
establece para los actos jurídicos en general; sin embargo, dada la especial
naturaleza de este tipo de actos, existen algunas diferencias que es
necesario puntualizar.Sabemos que los requisitos de existencia de los actos jurídicos son la
voluntad, el objeto, la causa y las solemnidades y que los requisitos de
validez son la voluntad exenta de vicios, la capacidad, el objeto lícito y la
causa lícita.
Lugar de realización de los actos procesales
LOPJ (art.268.1): los actos judiciales deben practicarse en la sede del órgano jurisdiccional, puesto que losactos de parte y los actos de terceras personas que intervienen en el proceso están dirigidos al juez y deben ser necesariamente recibidos por éste. La LOPJ establece (art. 258.2) la posibilidad de que los órganos judiciales puedan realizar actuaciones en cualquier lugar de su territorio, fuera de la sede judicial, cuando fuese necesario o conveniente, dice la ley, para la buena administración dela justicia.
Tiempo de los actos procesales: Términos y plazos
En un primer sentido, establece el tiempo hábil (horas, días, meses) para la realización de actos procesales. Año judicial va desde el 1 de septiembre al 31 de julio de cada año natural. Además de los días del mes de agosto, son inhábiles para la realización de actos procesales los domingos, los días de fiesta nacional, los festivosen las respectivas CCAA y en la localidad que se trate. Aunque pueden los jueces y tribunales habilitar días inhábiles para la realización de actos que se consideren urgentes. Horas hábiles son las que van desde las 8 de la mañana a las 8 de la tarde. Para los actos de notificación y ejecución en el proceso civil también son hábiles las horas que van desde las ocho a las diez de la noche.
En unsegundo sentido, el tiempo aparece como nota importantísima en la ordenación de la ejecución de actos procesales. El procedimiento está ordenado necesariamente entre otras cosas por el factor tiempo; el orden lógico de las cosas no sirve en todos los supuestos para establecer la coordinación temporal de los actos procesales; es entonces cuando la Ley establece una prioridad temporal ad hoc de unossobre otros para evitar confusiones o para evitar que el proceso se eternice.
Prejudicialidades (necesidad de resolver unas cuestiones con anterioridad a otras), preclusiones(prohibiciones de ejecutar actos procesales cuando han sido ejecutados otros distintos), términos (día y hora concretas en los que hay que realizar un determinado acto procesal) y plazos (período de tiempo dentro del cual hayque realizar un determinado acto procesal). La ordenación temporal de los actos afecta por igual a los del juez y a los de las partes. Si en el caso de las partes, el incumplimiento del plazo o del término conlleva la imposibilidad de realizar el acto, en el caso de los plazos y términos judiciales, su inobservancia no impide que el órgano judicial pueda y deba realizar el acto programado. De ahíque hablemos de plazos y términos impropios. Los plazos son improrrogables.
La forma de los actos procesales
La oralidad o la escritura
En nuestro ordenamiento jurídico es perfectamente válido que los actos procesales tengan forma oral o escrita. Los procesos son predominantemente orales, sobre todo el penal. No existe ningún proceso totalmente oral en nuestro ordenamiento procesal. Necesidadde que determinados actos procesales se manifiesten en forma escrita. Lo que la ley quiere es que todos aquellos actos que suponen el núcleo central del proceso tengan la forma oral, para así poder concentrarlos en una vista y que se realicen de forma necesaria ante la presencia judicial. Cuando los actos son verbales, la LOPJ impone la documentación (art. 230) para permitir su constancia y su...
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