Requisitos Para Contraer Matrimonio
DE LOS REQUISITOS PARA CONTRAER MATRIMONIO
Articulo 46. No puede contraer matrimonio válidamente matrimonio la mujer que no haya cumplido catorce (14) años de edad y el varón que no haya cumplido dieciséis (16) años.
EL código anterior fijaba la edad de 11y 14, ahora el actual código ha fijado dicha edad en 14y16 respectivamente, lo que quiere decir, que lapareja antes de cumplir dicha edad no puede unirse en matrimonio Valido, bajo pena de invalidez, incluso de considerarse inexistente.
IMPEDIMENTOS PARA CONTRAER MATRIMONIO
El impedimento es la ausencia de alguna condición necesaria para el matrimonio. Hay impedimentos absolutos (prohibición para casarse con cualquiera) y relativos (cuando el impedimento solo es para casar secón personadeterminada).
LOS IMPEDIMENTOS ABSOLUTOS
Menores de 16 años (varones)y de 14 (mujeres) no hay impedimentos de edad avanzada. Los que adolecen de impotencia manifiesta y permanente, los que padecen de enfermedades mental, aunque tengan intervalos de lucidez comprende tanto la enfermedad congénita como la adquirida, y la bigamia.
IMPEDIMENTOS RELATIVOS
Estos dan lugar a la nulidad delvinculo, por lo tanto no pueden contraer matrimonio entre sí: A, los consanguíneos y afines en línea recta (Art.37) B, los colaterales hasta el tercer grado de consanguinidad (tío con sobrina) o segundo de afinidad (cuñados), si es que el primer matrimonio sobrevive el conyugue, el adoptante y el adoptado, el condenado como participe en la muerte de alguno de los cónyuge.
ARTICULO 47.No puedecontraer válidamente matrimonio el que adolece de impotencia manifiesta y permanente.
La impotencia se reduce casi a la masculina, porque la femenina es rarísima. Ante todo, debe distinguirse de la esterilidad, infecundidad, compatible con la plena aptitud para el acto sexual en todas sus fases, y que carece de consecuencias jurídicas por lo general.
La incapacidad para el coito poseeimportancia jurídica por constituir causa jurídica causa modificada de la capacidad como impedimento para contraer el matrimonio, o causa de nulidad del contraído por ocultamiento o ignorancia de tal incapacidad. La impotencia puede ser también de origen psíquico en que no depende de causas orgánicas, sino de complejos mentales.
Articulo 48. Tampoco puede contraer válidamente matrimonio elentredicho por causa de demencia ni el que no se halle en su juicio.
Si la interdicción ha sido únicamente promovida, se suspenderá la celebración del matrimonio hasta que la autoridad judicial haya decidido definitivamente.
Entredicho dícese de los que están privados de la capacidad negociaren razón de un estado habitual de defecto intelectual graveo de condena penal. A consecuencia de ella elentredicho queda sometido en forma continua a una incapacidad negociar plena, general y uniforme esta incapacidad es más extenso que la del menor no emancipado ya que las exacciones legales a la regla de la incapacidad negociar plena, general y uniforme, en principio, no son aplicables los entredichos.
Articulo 49. Para que el consentimiento sea valido debe ser libre. En el caso de rapto noserá válido el consentimiento si no se presta o se o ratifica después de devuelta la persona a su plena libertad. Se reputa que no hay consentimiento cuando existe error respecto de la identidad de la persona.
No se necesita para anular el matrimonio que la violencia sea ejercida por uno de los contrayentes sobre el otro. Lo mismo sucederá cuando la emplean terceras personas, tenga o nocomplicidad alguno de aquellos. También es causa de nulidad cuando ambos contrayentes son victima de la violencia ejercida así. Allá faltaría el consentimiento de una, acá el de ambas partes, y será mayor el motivo de anulación.
La violencia puede ser física o moral, sobre personas mismas o ascendientes o descendientes y hasta sus bienes pero ha de ser tal que haga impresión en persona sensata, y no...
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