Requisitos Para Crear Un Centro De Conciliacion
Los artículos 10 y 11 de la Ley 640 de 2001 y el artículo 92 de la Ley 446 de 1998 autorizan a las entidades públicas, personas jurídicas sin ánimo de lucro, consultorios jurídicos de las facultades de derecho y a las facultades de ciencias humanas y sociales de las universidades a crear Centros de Conciliación.
Los Centrosde Conciliación son entidades autorizadas para funcionar por el Ministerio del Interior y de Justicia de conformidad con los artículos 91 y 113 de la Ley 446 de 1998. Mediante la Resolución 1342 de 2004 el Ministerio del Interior y de Justicia establece los requisitos para la creación de Centros de Conciliación y/o Arbitraje.
Guía para crear Centro de Conciliación y/o Arbitraje
En estearchivo encuentran la cartilla guía para la creación de Centros de Conciliación y/o Arbitraje publicada por el Ministerio del Interior y de Justicia, la cual contiene modelo de solicitud de creación de Centro, ejemplos prácticos para desarrollar el estudio de factibilidad, un modelo de reglamento interno de Centro de Conciliación y/o Arbitraje que contiene todos los requisitos legales a excepción delcapitulo de tarifas que deben incluir cuando sea para la creación de centros privados (personas jurídicas sin ánimo de lucro) los cuales cobran tarifas porque en los Centros públicos y de Consultorios Jurídicos el servicio es gratuito.
Resolución 1342 de 2004, mediante la cual se establecen los requisitos legales para la creación de Centro de Conciliación y/o Arbitraje.
Incluir capitulo detarifas en los Centros de Conciliación privados (personas jurídicas sin ánimo de lucro) de conformidad con el Decreto 4089 de 2007
Le recomendamos verificar con este formato que su solicitud cumpla con todos los requisitos legales exigidos para la autorización de creación de Centro
La solicitud de autorización de creación de Centro de Conciliación y/o Arbitraje debe dirigirse a la Carrera9 No. 14-10 de la ciudad de Bogotá a la doctora: ALBA LUCIA RIVERA PINEDA Directora de Acceso a la Justicia Ministerio del Interior y de Justicia
Los requisitos establecidos en la Resolución 1342 de 2004 del Ministerio del Interior y de Justicia para crear un centro de conciliación y/o arbitraje son:
1. Solicitud por escrito del representante legal de la persona interesada en laautorización de la creación de centro de conciliación y/o arbitraje al Ministerio del Interior y de Justicia.
2. Certificar la existencia y representación legal de la persona solicitante, así como su condición de persona jurídica sin ánimo de lucro, entidad pública, facultad de ciencias humanas y sociales, consultorio jurídico de una facultad de derecho y, en general, la calidad de persona autorizada porla Ley para crear centros de conciliación y/o arbitraje.
3. Presentar un estudio de factibilidad coherente y razonable que cumpla con criterios de conveniencia y oportunidad soportado en información verificable que contenga:
a) La ubicación del centro: Consiste en el conocimiento que la persona solicitante debe tener sobre las condiciones sociales, económicas, políticas, culturales, entreotras, de la población ubicada en el área de influencia del futuro centro, que le permitirá establecer la conveniencia y oportunidad para la creación del mismo, el cual deberá responder a unas necesidades especiales en materia de resolución de conflictos dirigido a una población objeto determinada.
b) Tipología del conflicto: hace referencia al estudio que la persona interesada debe hacer delos tipos de controversias que se presentan en la población objeto, para determinar la conveniencia y oportunidad de los servicios que ofrecerá el centro de conciliación y/o arbitraje para solucionar dichos conflictos.
c) Estimación de la demanda del servicio: De conformidad con la ubicación del centro y la tipología del conflicto la entidad interesada deberá presentar un análisis de la...
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