Requisitos para testar
ARTÍCULO 6.12.- Testamento es un acto personalísimo, revocable, libre y solemne, por el cual una persona dispone de sus bienes yderechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte.
Se puede definir como aquél negocio jurídico unilateral, personalísimo y solemne, esencialmente revocable, por el cual una persona física,con capacidad suficiente dicta disposiciones patrimoniales o no sobre todos o parte de sus bienes para después de su muerte.
De esta definición se deduce que el testamento:
Sólo surte efectosdespués de la muerte del testador.
Es un acto personalísimo que ha de realizar el testador, no cabe su otorgamiento por mandato.
Es revocable en cualquier momento por el testador, incluso aunqueel testador manifieste en las mismas su intención de no revocarlas en el futuro.
Se entiende que el testamento queda revocado total o parcialmente cuando el testador otorga otro testamento posterioro cuando efectúa alguna declaración notarial manteniendo o suprimiendo todas o algunas de las cláusulas contenidas en el mismo.
Esta declaración debe efectuarse con los mismos requisitos exigidospara otorgar el testamento. Así, si se ha otorgado más de un testamento, será válido el de fecha posterior.
También es importante señalar que es válido el testamento que incluya únicamentedisposiciones de contenido no patrimonial, como por ejemplo el reconocimiento de un hijo, que no pierde su fuerza legal, aunque se revoque el testamento en que se hizo.
Tipos de Testamento:Ordinarios
o Testamento abierto
o Testamento cerrado
o Testamento Ológrafo
Extraordinarios
o Del loco en intervalo lúcido
o Del enteramente sordo y ciego
o De los que no puedan expresarseverbalmente pero sí escribir
o El otorgado en lengua extranjera
o El otorgado en peligro de muerte
o El otorgado en tiempo de epidemia
Testamentos Especiales
o El militar
o El marítimo
o El...
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