res 541-94
RESOLUCION 541 DEL 14 DE DICIEMBRE DE 1994
Por medio de la cual se regula el cargue, descargue, transporte, almacenamiento y disposición final de
escombros, materiales, elementos, concretos y agregados sueltos, de construcción, de demolición y capa
orgánica, suelo y subsuelo de excavación
LA MINISTRA DEL MEDIO AMBIENTE
En ejercicio de sus facultades legales, yen especial las conferidas en los numerales 2, 10 y 11 del artículo 5 de
la Ley 99 de 1993
RESUELVE:
Artículo 1: Definiciones. Para la correcta interpretación de las normas contenidas en la presente Resolución
se adoptan las siguientes definiciones:
. Materiales: Escombros, concretos y agregados sueltos, de construcción, de demolición y capa orgánica, suelo
y subsuelo de excavación.
.Elementos: Ladrillo, cemento, acero, mallas, madera, formaletas y similares.
. Agregados Sueltos: Grava, gravilla, arena y recebos y similares.
. Espacio Público: Son los inmuebles públicos o privados o los elementos arquitectónicos o naturales
asociados a ellos, que están destinados por su naturaleza, uso o afectación a la satisfacción de necesidades
colectivas.
. Emisiones Fugitivas: Sonemisiones episódicas que se producen en forma dispersa por acción del viento o
de alguna acción antropogénica.
Artículo 2: Regulación. El cargue, descargue, transporte, almacenamiento y disposición final de materiales y
elementos está regulado por las siguientes normas:
I. En materia de transporte
1. Los vehículos destinados para tal fin deberán tener involucrados a su carrocería los contenedores oplatones apropiados, a fin de que la carga depositada en ellos quede contenida en su totalidad, en
forma tal que se evite el derrame, pérdida del material o el escurrimiento de material húmedo durante el
transporte. Por lo tanto, el contenedor o platón debe estar constituido por una estructura continua que
en su contorno no contenga roturas, perforaciones, ranuras o espacios. Los contenedoreso platones
empleados para este tipo de carga deberá estar en perfecto estado de mantenimiento. La carga deberá
ser acomodada de tal manera que su volumen esté a ras del platón o contenedor, es decir, a ras de los
bordes superiores más bajos del platón o contenedor. Además, las puertas de descargue de los
vehículos que cuenten con ellas, deberán permanecer adecuadamente aseguradas yherméticamente
cerradas durante el transporte.
2. No se podrá modificar el diseño original de los contenedores o platones de los vehículos para
aumentar su capacidad de carga en volumen o en peso en relación con la capacidad de carga del
chasis.
3. Es obligatorio cubrir la carga transportada con el fin de evitar dispersión de la misma o emisiones
fugitivas. La cobertura deberá ser de material resistentepara evitar que se rompa o se rasgue y deberá
estar sujeta firmemente a las paredes exteriores del contenedor o platón en forma tal, que caiga sobre
el mismo por lo menos 30 cm a partir del borde superior del contenedor o platón.
4. Los vehículos mezcladores de concreto y otros elementos que tengan alto contenido de humedad
deben tener los dispositivos de seguridad necesarios para evitar elderrame del material de mezcla
durante el transporte.
Si además de cumplir con todas las medidas a que se refieren los anteriores numerales, hubiere
escape, pérdida o derrame de algún material o elemento de los vehículos en áreas de espacio público,
éste deberá ser recogido inmediatamente por el transportador, para lo cual deberá contar con el equipo
necesario.
II. En materia dealmacenamiento, cargue y descargue
1. Se prohibe el almacenamiento temporal o permanente de los materiales y elementos a que se refiere
esta Resolución, en áreas de espacio público. Exceptuase algunas áreas de espacio público que se
utilicen para la realización de obras públicas, las cuales deberán cumplir con las condiciones que se
definen en el presente artículo y estar circunscritas exclusivamente...
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