REses
VISTO el expediente Nº EXP-S01:0060830/2007, el Decreto Nº 688 de fecha 27 de marzo de 1981, del PODER EJECUTIVO NACIONAL, la Resolución número 22 de fecha 2 de Agosto de 1982, 188 de fecha 17 de marzo de 1999, 103 de fecha 3 de marzo del 2006, todas del registro de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS, y la Resolución número 754 de fecha 30 de octubre del2006 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 688/81 delega en la Asociación Criadores de Holando Argentino las funciones de organización, fiscalización y certificación de control de producción de ganado lechero en todo el territorio del país.
Que mediante la Resolución Nº 22/1982 se aprobó el “Reglamento de Control Lechero”,presentado por la ASOCIACIÓN CRIADORES DE HOLANDO ARGENTINO (A.C.H.A.).
Que mediante la Resolución Nº 188/1999 se reconoce como Registros Genealógicos y Selectivos autorizados de las diversas especies y razas de animales de pedigrí a los que organizó y administra la SOCIEDAD RURAL ARGENTINA.
Que mediante la Resolución Nº 103/2006, se creó el “Sistema Nacional de Identificación de Ganado Bovino”.Que la Resolución Nº 754/2006 unificó la identificación bajo un Sistema Nacional.
Que el Sistema Nacional de Identificación de Ganado Bovino no incluye ninguna especificación referente a la identificación de los animales registrados en los Registros Genealógicos de la SOCIEDAD RURAL ARGENTINA, las Asociaciones de Criadores de las distintas razas bovinas y bubalinas y registros del ControlLechero Oficial de la ASOCIACIÓN CRIADORES DE HOLANDO ARGENTINO.
Que la SOCIEDAD RURAL ARGENTINA es tenedora desde hace más de un siglo de los principales Registros Genealógicos, Selectivos y de Producción de animales de pedigrí de la especie bovina en el país.
Que la SOCIEDAD RURAL ARGENTINA, las Asociaciones de Criadores de las distintas razas bovinas y bubalinas y registros del Control LecheroOficial de la ASOCIACIÓN CRIADORES DE HOLANDO ARGENTINO, consolidaron a lo largo de ese tiempo una larga tradición de idoneidad y eficiencia en la administración de los Registros correspondientes.
Que la SOCIEDAD RURAL ARGENTINA, las Asociaciones de Criadores de las distintas razas bovinas y bubalinas y registros del Control Lechero Oficial de la ASOCIACIÓN CRIADORES DE HOLANDO ARGENTINO,desarrollaron y poseen una estructura técnico - administrativa adecuada para organizar y preservar la información registral.
Que han tomado la debida intervención la Dirección Nacional de Sanidad Animal, la Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria, la Dirección de Agroquímicos, Productos Farmacológicos y Veterinarios y la Coordinación de Gestión Técnica y Comunicaciones.
Que la Dirección deAsuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente resolución en virtud de lo dispuesto en el artículo 8º, inciso h) del Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 680 del 1º de septiembre de 2003, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 8º de la Resolución Nº 103 del 3 de marzo del 2006.Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
¬ ARTÍCULO 1°.- Homológuese el Sistema de Identificación, codificación y registros vigente para cada una de las Asociaciones de Criadores de las distintas razas bovinas y bubalinas con personería jurídica, a la SOCIEDAD RURAL ARGENTINA, y la ASOCIACIÓN CRIADORES DE HOLANDO ARGENTINO tenedora delControl Lechero Oficial.
ARTÍCULO 2°.- Exceptúanse del cumplimiento del artículo 4º y 11º de la Resolución Nº 754/06 a los animales de Pedigrí, Puros Controlados, Puros Registrados, del Registro de Crias (RC) y otras denominaciones equivalentes según razas, de las Entidades mencionadas en el artículo anterior.
ARTÍCULO 3°.- Los bovinos, a que refiere la presente, serán identificados, con una...
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