Reseña Etnografica De Los Pemones
G.O. (38647 de 19/3/2007).
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Decreta: la siguiente:
LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO PÚBLICO
TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Capítulo I Objeto de la Ley y Naturaleza Jurídica del Ministerio Público Objeto de la Ley Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto regular laorganización administrativa y funcional del Ministerio Público.
Naturaleza jurídica del Ministerio Público Artículo 2. El Ministerio Público es un órgano del Poder Ciudadano que tiene por objetivo actuar en representación del interés general y es responsable del respeto a los derechos y garantías constitucionales a fin de preservar el Estado, democrático y social de derecho y de justicia. CapítuloII Principios Rectores
Legalidad Artículo 3. El Ministerio Público se regirá por lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes nacionales y sus reglamentos, y tratados internacionales en materia de derechos humanos, suscritos y ratificados por la República. Independencia y autonomía Artículo 4. El Ministerio Público es independiente de todoslos Poderes Públicos, y goza de autonomía funcional, organizativa, presupuestaria, financiera y administrativa. En consecuencia, no podrá ser impedido ni coartado en el ejercicio de sus atribuciones por ninguna autoridad.. Deber de colaboración Artículo 5. Los Poderes Públicos, las entidades públicas y privadas y los ciudadanos y ciudadanas deberán colaborar con el Ministerio Público cuando seanrequeridos para ello.
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Unidad de Criterio y Actuación Artículo 6. El Ministerio Público es único e indivisible. Estará a cargo y bajo la conducción del Fiscal o la Fiscal General de la República o del que haga sus veces, quien ejercerá sus atribuciones de manera directa o a través de los funcionarios o funcionarias debidamente facultados o facultadas mediante delegación. Representaciónjudicial Artículo 7. El Fiscal o la Fiscal General de la República, sin perjuicio de las atribuciones de la Procuraduría General de la República, podrá designar representantes ante cualquier tribunal, para sostener los derechos e intereses del Ministerio Público en los juicios, según corresponda.
Órgano jerarquizado Artículo 8. El Ministerio Público es un órgano jerarquizado. El Fiscal o laFiscal General de la República, o quien haga sus veces, ejerce la representación, dirección, control y disciplina; su autoridad se extiende a todos los funcionarios y funcionarias del Ministerio Público. Sin embargo, la representación, dirección y control podrán ser ejercidas por intermedio de los funcionarios o funcionarias que sean nombrados según el diseño organizacional del Ministerio Público.
Sin perjuicio de formular las observaciones que consideren convenientes, los o las fiscales estarán obligados a acatar las instrucciones y directrices que imparta el Fiscal o la Fiscal General de la República, o quien haga sus veces, o mediante los funcionarios o funcionarias jerárquicamente correspondientes para la realización de la investigación penal o para el ejercicio de la representacióndel Ministerio Público ante los tribunales, sean éstos de competencia ordinaria o especial, y deberán informar a éste o ésta, o a los funcionarios o funcionarias designados o designadas según la jerarquía, sobre el estado en que se encuentren todos los procesos cuando sean requeridos. En todo caso, el Ministerio Público dispondrá de un sistema de información para el seguimiento de las causas.
Control de gestión Artículo 9. El Fiscal o la Fiscal General de la República, o quien haga sus veces, así como los funcionarios o funcionarias que sean nombrados o nombradas según el diseño organizacional del Ministerio Público para ejercer la representación, dirección y disciplina, dentro del ámbito de las atribuciones que les confieren las leyes, ejercerán el control de gestión de los...
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