Residuos Peligrosos
1.- ¿Cuáles son los pasos administrativos a seguir en la gestión de residuos para un pequeño productor?
En primer lugar, hay que decir, que al tratarse de una empresa situada en un polígono de la ciudad de Zaragoza (realizando aquí sus actividades de posesión, producción y gestión de residuos peligrosos) el marco normativo será el AUTONÓMICO, sin perjuicio de su sujeción ala legislación básica conformada por la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Y, ¿cuál es la normativa autonómica que regula la gestión de los residuos peligrosos? El Decreto 236/2005, de 22 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de la producción, posesión y gestión de los residuos peligrosos y del régimen jurídico del serviciopúblico de eliminación de residuos peligrosos.
El pequeño productor deberá seguir los pasos administrativos establecidos en los artículos 10, 11 y 12 del Decreto 236/2005 para tramitar su inscripción en el registro de pequeños productores de residuos peligrosos.
Artículo 10. Inscripción en el registro de pequeños productores de residuos peligrosos:
1. Para obtener la condición de pequeño productorel interesado deberá inscribirse en el registro administrativo de pequeños productores de residuos peligrosos.
2. La inscripción en el registro se llevará a cabo a instancia del solicitante en la forma establecida en la normativa básica estatal y lo dispuesto en el presente reglamento.
3. No obstante y en atención al riesgo para la salud humana, los recursos naturales o, en general, el medioambiente que represente el residuo peligroso producido, se podrá denegar o autorizar la inscripción en el Registro conforme a los criterios señalados en la legislación vigente, a quienes, respectivamente, no alcancen o superen la cuantía indicada en el artículo 3 h) del presente Reglamento.
4. La práctica de la inscripción se denegará en los casos en los que no estén suficientemente acreditadaslas operaciones a realizar con los residuos, cuando no se ajusten a lo dispuesto en el plan nacional o autonómico vigente, o cuando suponga grave riesgo para la salud humana, los recursos naturales o, en general, para el medio ambiente.
Artículo 11. Registro de pequeños productores de residuos peligrosos.
La llevanza del registro de pequeños productores de residuos peligrosos de la ComunidadAutónoma de Aragón corresponde al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, como organismo público adscrito al Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, mediante el procedimiento que se establece en el presente Reglamento.
Artículo 12. Procedimiento de inscripción en el registro de pequeños productores de residuos peligrosos:
1. La solicitud de inscripción, dirigida al InstitutoAragonés de Gestión Ambiental y a presentar en cualquier registro público de la Comunidad Autónoma conforme a lo dispuesto en la legislación general de procedimiento administrativo, deberá acompañarse de una memoria o informe de actividad en la que se expliquen detalladamente los procesos generadores de residuos, los pre tratamientos si existen, los sistemas de almacenamiento, el destino finalprevisto para cada tipo de residuo y de un plano de distribución en planta de las instalaciones con indicación de la zona destinada al almacenamiento de residuos peligrosos, todo ello conforme a los modelos del anexo I del presente Reglamento. (Los impresos y otros documentos oficiales se pueden encontrar en INAGA: Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, en Gobierno de Aragón: Departamento de MedioAmbiente o en la página web del Gobierno de Aragón: Http://www.aragob.es).
2. El Instituto Aragonés de Gestión Ambiental podrá controlar la documentación aportada con objeto de comprobar la veracidad de los datos que justifican la inscripción, así como, el Departamento de Medio Ambiente practicar las inspecciones que resulten necesarias.
3. El Instituto Aragonés de Gestión Ambiental resolverá...
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