Resol 721
RESOLUCION Nº 721
MINISTERIO DE EDUCACION
EXPEDIENTE Nº 140-4459/08
VISTO las Resoluciones Ministeriales Nº 002/06; Nº 1087/02; Nº 1930/07;
Nº 016/08 y Nº 468/08; y Resolución Nº 079/06 del Programa Planeamiento Educativo;
CONSIDERANDO:
Que el desarrollo profesional ocupa un lugar estratégico dentro de la
formación docente, porque contribuye a la revisión crítica del trabajocotidiano en las
escuelas y a la incorporación de prácticas que generen mejores aprendizajes en los
alumnos;
Que en los últimos años se han generado numerosos procesos de oferta
y demanda de capacitación docente, favorecidos por factores como la crisis laboral
general, que llevó a los profesionales a intensificar los procesos de búsqueda de
credenciales para incrementar sus posibilidades deacceso y/o permanencia,
advirtiéndose un crecimiento inédito de propuestas en el ámbito privado, caracterizadas
por la heterogeneidad de propósitos, formatos, alcance y calidad.
Que, en este sentido, el enorme crecimiento de la oferta de instancias de
capacitación docente, parece mostrar eficacia como estrategia de regulación
profesional, sin que se cuente con una evaluación respecto a su impacto enla
renovación de las prácticas cotidianas de las aulas, siendo ésta la razón sustantiva que
le diera origen;
Que es necesario recuperar el sentido genuino de la capacitación
docente, entendida como desarrollo profesional contextualizado que acompaña los
procesos de fortalecimiento de la identidad profesional del docente como sujeto y
consolidarla como una obligación del Estado, de gestar y ejecutaracciones gratuitas y
de calidad en una acción conjunta y colaborativa entre Nación y Provincia, viabilizando
en ese ámbito la concreción de la política educativa, en un todo de acuerdo con los
lineamientos adoptados por el Ministerio de Educación de la Nación, en el marco de la
Ley Nº 26206 de Educación Nacional, Título IV, Capítulo II; Título VI, Capítulo I;
Que, en ese marco, se advierte lanecesidad de reformular aspectos
pedagógicos, organizativos y administrativos para el reconocimiento de las acciones
vinculadas con la educación y la capacitación docente, que sean generadas por las
instituciones educativas y por las instituciones no específicamente educativas
pertenecientes al sector oficial o privado;
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Quecorresponde dejar establecidas las facultades y responsabilidades
que detenta el Ministerio de Educación a través de sus organismos competentes;
Por ello,
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTICULO 1.- Aprobar el Reglamento para solicitar Reconocimientos ante el Ministerio
de Educación de la Provincia de Salta, que como Anexo forma parte de la presente
Resolución.
ARTICULO 2.- Facultar a la SubSecretaría de Planeamiento Educativo a emitir los
actos administrativos que otorguen Auspicio Oficial y/o Declaración de Interés
Educativo a proyectos y/o acciones enmarcadas en la normativa aprobada en la
presente Resolución.
ARTICULO 3.- Establecer que para las acciones organizadas y ejecutadas por las
Universidades Nacionales y/o Privadas, será instrumento suficiente el certificado
debidamente avaladopor las autoridades competentes.
ARTICULO 4.- Exceptuar de la aplicación del presente régimen a los Institutos de
Formación Docente, los que continuarán rigiéndose por la Resolución N° 1330/99.
ARTICULO 5.- Dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales Nº 002/06; N° 1087/02;
N° 1930/07 y Resolución del Programa Planeamiento Educativo N° 079/06, las que
serán reemplazadas por la presente.
ARTICULO6.- Comunicar, insertar en el Libro de Resoluciones y archivar.
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ANEXO
REGLAMENTO PARA SOLICITAR RECONOCIMIENTOS ANTE EL MINISTERIO DE
EDUCACIÓN
1. AMBITO DE APLICACIÓN
El presente reglamento será de aplicación para todas las peticiones tendientes a
obtener algún tipo de reconocimiento o apoyo del Ministerio de Educación para...
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