Resolución tarjeta de crédito
Resolución S.B.S.
Nº 6523 -2013
El Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 34 del artículo 221° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus normas modificatorias, en adelanteLey General, faculta a las empresas del sistema financiero a expedir y administrar tarjetas de crédito y débito, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo I del Título III de la Sección Segunda de la Ley General;
Que, el Reglamento de Tarjetas de Crédito, aprobado por la Resolución SBS N° 264-2008 y sus normas modificatorias, establece normas referidas a las condiciones contractuales,remisión de información y medidas de seguridad aplicables, con especial énfasis en la verificación de la identidad del titular o usuario y el establecimiento de límites de responsabilidad en el uso fraudulento de dichas tarjetas;
Que, las tarjetas de crédito y débito constituyen un medio de pago, sustituto del dinero en efectivo, lo que ha estimulado la intensificación de su uso, razón por la cualresulta necesario aprobar disposiciones que refuercen las medidas establecidas, con respecto a la expedición y administración de tarjetas de crédito y establecer medidas similares para el caso de tarjetas de débito;
Que, asimismo, resulta necesario adecuar y emitir disposiciones sobre tarjetas de crédito y débito, de acuerdo con lo dispuesto por el Reglamento de Transparencia de Información yContratación con Usuarios del Sistema Financiero aprobado por la Resolución SBS N° 8181-2012 y sus normas modificatorias;
Que, a efectos de recoger las opiniones de los usuarios y del público en general respecto de las propuestas de modificación a la normativa del sistema financiero, se dispuso la prepublicación del proyecto de resolución sobre la materia en el portal electrónico de laSuperintendencia, al amparo de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;
Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Riesgos y de Asesoría Jurídica, así como de la Gerencia de Productos y Servicios al Usuario; y,
En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 7, 9 y 19 del artículo 349º de la Ley General;
RESUELVE:
ArtículoPrimero.- aprobar el Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito, según se indica a continuación:
“REGLAMENTO DE TARJETAS DE CRÉDITO Y DÉBITO
CAPÍTULO I
ASPECTOS GENERALES
Artículo 1°.- Alcance
El presente Reglamento es aplicable a las empresas de operaciones múltiples, a que se refiere el literal A del artículo 16º de la Ley General, autorizadas a expedir y administrar tarjetas decrédito y débito, en adelante empresas.
Artículo 2°.- Definiciones
Para efectos de lo dispuesto en el presente Reglamento, se considerarán las siguientes definiciones:
1. Cajero automático: conforme a la definición del Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas, Uso de Locales Compartidos, Cajeros Automáticos y Cajeros Corresponsales, aprobado por la Resolución SBS N°6285-2013 y sus normas modificatorias.
2. Canal: cualquier medio físico o virtual al que accede el usuario para efectuar operaciones monetarias (banca por internet, cajeros automáticos, terminales de punto de venta, entre otros).
3. Circular de pago mínimo: Circular que establece las disposiciones referidas a la metodología del cálculo del pago mínimo en líneas de crédito de tarjetas de crédito y otrasmodalidades revolventes para créditos a pequeñas empresas, microempresas y de consumo, Circular N° B- 2206-2012, F- 546-2012, CM-394-2012, CR-262-2012, EDPYME-142-2012.
4. Código: Código de Protección y Defensa del Consumidor, aprobado por la Ley N° 29571 y sus normas modificatorias.
5. Comportamiento habitual de consumo del usuario: se refiere al tipo de operaciones que usualmente realiza...
Regístrate para leer el documento completo.