Resolucion 11429
Resolución 11429
31-10-2011
Por la cual se establece para el año gravable 2011, el grupo de personas naturales, personas jurídicas, sociedades y asimiladas, y demás entidades, que deben suministrar la información a que se refieren los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i) y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario y el Decreto 1738 de 1998 a la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales; se señala el contenido y características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega.
El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales
En uso de sus facultades legales, en especial las consagradas en el artículo 6 numerales 12 y 22 del Decreto 4048 de 2008, en los artículos 631, 631-2, 631-3, 633, 684 y 686 del Estatuto Tributario y lo señalado en elartículo 2 del Decreto 1738 de 1998
Resuelve
ARTICULO 1. Sujetos obligados a presentar información por el año gravable 2011.
a) Las personas naturales y asimiladas, personas jurídicas, sociedades y asimiladas y demás entidades públicas y privadas obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios o de ingresos y patrimonio, cuando sus ingresos brutos del año gravable2010, sean superiores a quinientos millones de pesos ($ 500.000.000).
b) Las personas jurídicas o sociedades de hecho, que sean beneficiarias de la progresividad en el pago en el impuesto sobre la renta a que se refiere el artículo 4 y el Parágrafo 4 del artículo 50 de la Ley 1429 de 2010 y/o de los descuentos tributarios a que se refieren los artículos 9, 10, 11 y 13 Ibídem, independiente del montode ingresos percibidos en el respectivo periodo gravable.
c) Las personas naturales, personas jurídicas, sociedades y asimiladas, calificadas como Grandes Contribuyentes a la fecha de publicación de la presente Resolución, obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios o de ingresos y patrimonio, sean entidades públicas o privadas, independientemente del monto delos ingresos obtenidos.
d) Todas las entidades de derecho público, los fondos de inversión, los fondos de valores, los fondos mutuos de inversión, carteras colectivas, (para los fondos y carteras colectivas, téngase en cuenta el Decreto 2555 de 2010, que recogió y reexpidió las normas del sector financiero, asegurador y del mercado de valores), los fondos de pensiones de jubilación e invalidez,los consorcios, las comunidades organizadas, que hayan practicado retenciones en la fuente durante el año gravable 2011.
Las demás personas naturales y jurídicas, sucesiones ilíquidas y sociedades de hecho cuando hayan efectuado retenciones en la fuente por un valor total acumulado igual o superior a tres millones de pesos ($ 3.000.000) durante el año gravable 2011.
e) Los consorcios y unionestemporales que durante el año gravable 2011 hubieren efectuado transacciones económicas, independientemente del monto de los ingresos obtenidos, sin perjuicio de la información que deban suministrar los consorciados de las operaciones inherentes a su actividad económica ejecutadas directamente por ellos.
f) Las personas o entidades que actuaron como mandatarios o contratistas, durante el añogravable 2011, independientemente del monto de los ingresos percibidos, en relación con las actividades ejecutadas en desarrollo de cada uno de los contratos de mandato o de administración delegada.
g) Las personas o entidades que actuaron en condición de “operador” o quien haga sus veces, en condición de “solo riesgo” o poseedoras del título minero, en los contratos de exploración y explotación dehidrocarburos, gases y minerales, independientemente del monto de sus ingresos.
h) Las sociedades fiduciarias que durante el año gravable 2011 administraron patrimonios autónomos y/o encargos fiduciarios, independientemente del monto de sus ingresos.
i) Los entes públicos del nivel nacional y territorial de los órdenes central y descentralizado contemplados en el artículo 22 del Estatuto...
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