resolucion 1401
(mayo 14)
Ministerio de la Protección Social
Por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de
trabajo.
El Ministro de laProtecciónSocial, en ejercicio de sus facultades legales,
en especial de las que le confieren el artículo 83 de la Ley 9a de 1979 y el
numeral 12 del artículo 2º del Decreto Ley 205 de 2003
Que conformelodispone el artículo 4° del Decreto 1530 de 1996, los comités paritarios de salud ocupacional o vigías ocupacionales deben participar en la investigación de los accidentes de trabajo mortalesqueocurran en las empresas donde laboran;
Artículo1° Campo de aplicación. La presente resolución se aplica a los empleadores públicos y privados, a los trabajadores dependientes e independientes, aloscontratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, a las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, a las agremiaciones u asociaciones queafiliantrabajadores independientes al Sistema de Seguridad Social Integral; a las administradoras de riesgos profesionales; a la Policía Nacional en lo que corresponde a su personal
no uniformado yalpersonal civil de las fuerzas militares.
Artículo 2°Objeto. Establecer obligaciones y requisitos mínimos para realizar la investigación de incidentes y accidentes de trabajo, con el fin de identificarlascausas, hechos y situaciones que los han generado, e implementar las medidas correctivas encaminadas a eliminar o minimizar condiciones de riesgo y evitar su recurrencia.
Artículo 3°.Definiciones.Para efecto de lo previsto en la presente resolución,
se adoptan las siguientes definiciones:
Incidente de trabajo: Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con este, que tuvoelpotencial de ser un accidente, en el que hubo personas
involucradas sin que sufrieran lesiones o se presentaran daños a la propiedad y/o
pérdida en los procesos.
Investigación de accidente o......
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