resolucion 1457
(Julio 29)
Por la cual se establecen los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Llantas Usadas y se adoptan otras disposiciones.
EL MINISTRO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL,
en ejercicio de sus facultades legales, y en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 38 del Decreto - ley 2811 de 1974 y los numerales 10 y 14 del artículo 5° dela Ley 99 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Artículo 16°. Prohibiciones. Se prohíbe:
a) El abandono o eliminación incontrolada de llantas usadas en todo el territorio nacional;
b) Disponer llantas usadas en los rellenos sanitarios;
c) Enterrar llantas usadas;
d) Acumular llantas usadas a cielo abierto;
e) Abandonar llantas usadas en el espacio público;
f) Quemar llantas a cielo abierto o cerradode manera incontrolada;
g) Utilizar las llantas usadas como combustible sin el cumplimiento de lo establecido en la Resolución 1488 de 2003, o la norma que la modifique o sustituya.
Parágrafo. La utilización de llantas usadas para protección de taludes en los rellenos sanitarios no se considera disposición final.
Artículo 17. Sanciones. En caso de violación a las disposiciones contempladas en elpresente acto administrativo, se impondrán las medidas preventivas o sancionatorias a que haya lugar, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1333 de 2009 o la norma que la modifique o sustituya.
Artículo 18°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Artículo 2-. Definiciones. Para la interpretación de los lineamientos contenidos en la presenteresolución, se adoptaran las siguientes definiciones:
Aprovechamiento: Es el proceso mediante el cual, a través de un manejo integral de los residuos sólidos, los materiales recuperados se reincorporan al ciclo económico y productivo en forma eficiente, por medio de la reutilización, el reciclaje, la incineración con fines de generación de energía, el compostaje o cualquier otra modalidad queconlleve beneficios sanitarios, ambientales, sociales y-7o económicos.
Centros de Tratamiento y/o Aprovechamiento: Sitios en donde se realizan actividades de almacenamiento temporal, separación, clasificación y transformación de llantas y neumáticos usados, y llantas no conforme, sujetos al cumplimiento del ordenamiento ambiental y demás disposiciones vigentes.
Generador: Persona natural o jurídica,pública o privada, que produce llantas y neumáticos usados, y llantas no conforme en las condiciones de que trata la Resolución 1457 del 29 de julio de 2010, o aquella que la modifique, sustituya o derogue.
Reciclaje de Llantas y Neumáticos Usados y Llantas no Conforme: Es el proceso mediante el cual se aprovechan y transforman las llantas usadas recuperadas y se devuelve a los materiales supotencialidad de reincorporación como materia prima para la fabricación de nuevos productos.
Llanta y Neumático Usados: Toda llanta y neumático que ha finalizado su vida útil y se ha convertido en residuos sólido.
Llanta no Conforme: Toda llanta que no cumple con los requisitos técnicos o que presentas defectos de fabricación para su uso normal y natural en vehículos automotores.
Tratamiento: Es elconjunto de operaciones, procesos o técnicas mediante los cuales se modifican las características de las llantas o neumáticos fuera de uso, incrementando sus posibilidades de aprovechamiento o para minimizar los impactos ambientales y los riesgos para la salud humana.
Grano de Caucho Reciclado (GCR): Todo aquel producto obtenido del proceso de trituración de llantas y neumáticos usados y dellantas no conforme, compuesto fundamentalmente por caucho natural y sintético, que no contiene materiales ferromagnéticos, textiles, y/o elementos contaminantes.
Parágrafo. Las definiciones adoptadas en esta resolución no son exhaustivas, de manera que las palabras y conceptos técnicos que no hayan sido expresamente definidos, deberán entenderse en su sentido natural, según su significado...
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