Resolucion 377 union pro paz
Resolución 377 de la AG: "Unión pro Paz" del 3 de Noviembre de 1950
Por la que si el consejo de seguridad no puede cumplir con su función de mantenimiento de la paz internacional (impedimento que surge principalmente por la existencia del derecho a veto de los miembros permanentes del consejo de seguridad), la asamblea general podrá examinar la cuestión.Teniendo en cuenta que sus objetivos principales son Mantener la paz y la seguridad internacionales, y Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos, y tomar otras medidas adecuadas para fortalecer la paz universal.
En virtud de esto, la Asamblea resuelve:
• Que si el Consejo deSeguridad, por falta de unanimidad entre sus miembros permanentes, deja de cumplir con su responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad internacionales en todo caso en que resulte haber una amenaza a la paz, un quebrantamiento de la paz o un acto de agresión, la Asamblea General examinará inmediatamente el asunto, con miras a dirigir a los miembros recomendaciones apropiadas para laadopción 'de medidas colectivas. La Asamblea General puede reunirse en período extraordinario de sesiones de emergencia dentro de las 24 horas siguientes a la presentación de una solicitud al efecto. Tal período extraordinario de sesiones de emergencia será convocado si así lo solicita el Consejo de Seguridad por el voto de siete cualesquiera de sus miembros, o bien la mayoría de los Miembros de lasNaciones Unidas. Por lo que Aprueba con el propósito mencionado las modificaciones de su reglamento que se especifican en el Anexo de la resolución
• Establece una Comisión de Observacion de la Paz que, en los años civiles de 1951 y 1952, estará compuesta de 14 miembros, y que podrá observar la situación en cualquier región donde exista tensión internacional e informar al respecto. Porinvitación del Estado a cuyo territorio haya de ir la Comisión, o con su consentimiento, la Asamblea General, o la Comisión Interina cuando no esté reunida la Asamblea, podrán utilizar los servicios de la Comisión si el Consejo de Seguridad no está ejerciendo las funciones que le asigna la Carta con respecto al asunto de que se trate. Las decisiones referentes a la utilización de la Comisión seránadoptadas por el voto afirmativo de dos tercios de los miembros presentes y votantes. El Consejo de Seguridad podrá también utilizar los servicios de la Comisión en conformidad con las facultades a él conferidas por la Carta;
Resuelve que la Comisión estará facultada para nombrar, a su discreción, subcomisiones y para utilizar los servicios de observadores que la ayuden en el desempeño de susfunciones;
Recomienda a todos los Gobiernos y autoridades que cooperen con la Comisión y la ayuden en el desempeño de sus funciones;
Pide al Secretario General se sirva proporcionar el personal y las facilidades necesarios, utilizando, cuando así lo disponga la Comisión, el Cuadro de Observadores de las Naciones Unidas previsto en la sección B de la resolución 297 (IV) de la Asamblea General ;
•Recomienda a los Estados Miembros de las Naciones Unidas que cada uno de ellos mantenga, dentro de sus fuerzas armadas nacionales, elementos entrenados, organizados y equipados de tal manera que sea posible destacarlos prontamente, de conformidad con los procedimientos constitucionales de los Estados respectivos, para prestar servicio como unidad o unidades de las Naciones Unidas, a recomendacióndel Consejo de Seguridad o de la Asamblea General, sin perjuicio del empleo de dichos elementos para el ejercicio del derecho de legítima defensa individual o colectiva, que reconoce el Artículo 51 de la Carta.
Pide al Secretario General se sirva nombrar, con la aprobación de la Comisión, un cuadro de expertos militares que puedan ser puestos a disposición, mediante solicitud al efecto, de los...
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