RESOLUCION_CRC_3501_2011
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Publicado: 21 de febrero de 2015
Derecho del Bienestar Familiar [RESOLUCION_CRC_3501_2011]
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RESOLUCIÓN 3501 DE 2011
(diciembre 5)
Diario Oficial No. 48.285 de 16 de diciembre de 2011
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES
Por la cual se determinan las condiciones de acceso a las redes de telecomunicaciones porparte de proveedores de contenidos y aplicaciones a través de mensajes cortos de texto
(SMS) y mensajes multimedia (MMS) sobre redes de telecomunicaciones de servicios móviles,
y se dictan otras disposiciones.
Resumen de Notas de Vigencia
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES,
en ejercicio de sus facultades legales, especialmente las que le confieren los artículos 4o
numerales 3 y 9, y 22 numerales 3 y 10 de la Ley 1341 de 2009, y
CONSIDERANDO:Que la Ley 1341 de 2009 sienta las bases para adelantar los cambios estructurales que
exigen el desarrollo del sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC),
en aras del interés general, reconociendo que la convergencia tecnológica obliga a redefinir la
estructura de la industria de las telecomunicaciones, en tanto no solamente permite laprovisión de distintos servicios de telecomunicaciones a través de una misma plataforma
tecnológica, sino que ha generado coincidencia de redes, mercados, industrias, firmas,
tecnologías, y terminales. En esa medida, la ley refleja el nuevo ecosistema de las TIC,
producto de un cambio sustancial pasando de la cadena de valor tradicional de las
telecomunicaciones a la construcción de la red de valor que ha dado lugar a la aparición de
nuevos agentes relacionados con dicha cadena de valor, como son las empresas de Internet,
los proveedores de aplicaciones y los proveedores de contenidos, entre otros.
Que en línea con lo anterior, la ley reconoce expresamente la multiplicidad de actores quecada vez más participan del sector, así como la necesidad de la interacción de los mismos en
tanto sus relaciones afectan aspectos importantes de los colombianos y su inclusión en la
Sociedad de la Información.
Que el objeto de la ley en mención se refiere al sector de las Tecnologías de la Información y
las Comunicaciones, su ordenamiento general, el régimen de competencia, la protección al
usuario, hace especial énfasis en el uso eficiente de las redes y se orienta esencialmente a
facilitar el libre acceso y sin discriminación de los habitantes del territorio nacional a la
Sociedad de la Información, fin para el cual el servicio de telecomunicación resulta transversal.Que respecto de los contenidos y aplicaciones, señalan los literales 1o y 6o del artículo 2o de
la Ley 1341 de 2009, en primer lugar, que es principio orientador de dicha Ley, la prioridad al
acceso y uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, según el cual el
Estado y en general todos los agentes del sector “(…) deberán colaborar, dentro del marco de
sus obligaciones, para priorizar el acceso y uso a las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones en la producción de bienes y servicios, en condiciones no discriminatorias en
la conectividad, la educación, los contenidos y la competitividad”.
http://www.icbf.gov.co/cargues/avance/docs/resolucion_crc_3501_2011.htm
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Derecho del Bienestar Familiar [RESOLUCION_CRC_3501_2011]
Que el artículo 2o de la Ley 1341 de 2009 también consagra el principio de neutralidad
tecnológica, conforme con el cual “[e]l Estado garantizará la libre adopción de tecnologías,
teniendo en cuenta recomendaciones, conceptos y normativas de los organismos
internacionales competentes e idóneos en la materia, que permitan fomentar la eficiente...
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