resolucion paisajista
(Diciembre 16)
"Por la cual se dictan disposiciones para la racionalización y el mejoramiento de trámites de arbolado urbano".
EL SECRETARIO DISTRITAL DE AMBIENTE
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Acuerdo 257 del 30 de noviembre de 2006, Decretos Distritales 109 y 175 de 2009, en concordancia con la Ley 99 de 1993, y el DecretoDistrital 531 de 2010 y
CONSIDERANDO:
Que los artículos 79 y 80 de la constitución política establecieron como deber del estado la protección al ambiente, la prevención y control de los factores de deterioro ambiental.
Que los artículos 50 y siguientes del Decreto Ley 2811 de 1974 -Código Nacional de Recursos Naturales, establecen que el derecho a usar los recursos naturales renovables de dominiopúblico puede ser adquirido mediante permiso o autorización.
Que conforme al numeral 2º del artículo 65 de la Ley 99 de 1993, corresponde a los municipios distritos, dictar las normas necesarias para el control, la preservación y la defensa del patrimonio ecológico.
Que el artículo 66 de la Ley 99 de 1993, establece que los municipios y distritos de más de un millón (1.000.000) de habitantesejercerán dentro del perímetro urbano las mismas funciones atribuidas a las Corporaciones Autónomas Regionales, en lo aplicable al medio ambiente urbano.
Que el artículo 4º del Decreto Distrital 109 de 2009 "Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Ambiente y se dictan otras disposiciones", determina como objeto de esta Entidad "orientar y liderar la formulaciónde políticas ambientales y de aprovechamiento sostenible de los recursos ambientales y del suelo, tendientes a preservar la diversidad e integridad del ambiente, el manejo y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales distritales, la conservación del sistema de áreas protegidas, para garantizar una relación adecuada entre la población y el entorno ambiental creando las condiciones quegaranticen los derechos fundamentales y colectivos relacionados con el medio ambiente".
Que los literales f, g, y x del artículo 5º del Decreto citado señala dentro de las funciones de la Secretaría Distrital de Ambiente las siguientes: formular y orientar las políticas, planes y programas tendientes a la investigación, conservación, mejoramiento, promoción, valoración y uso sostenible de losrecursos naturales y servicios ambientales del Distrito Capital y sus territorios socio ambientales reconocidos; promover planes, programas y proyectos tendientes a la conservación, consolidación, enriquecimiento y mantenimiento de la Estructura Ecológica Principal y del recurso hídrico, superficial y subterráneo y trazar los lineamientos ambientales de conformidad con el plan de desarrollo, el plan deordenamiento territorial y el plan de gestión ambiental, en materias como la elaboración de normas referidas al ordenamiento territorial y las regulaciones en el uso del suelo urbano y rural.
Que el Decreto 366 de 2008 Por el cual se regula el Proyecto de mejoramiento, automatización y simplificación de trámites de urbanismo y construcción denominado "Trámite Fácil, Construcción Positiva", y sedictan otras disposiciones el cual define y regula las acciones a adelantar en el proyecto de mejoramiento, automatización y simplificación de trámites de urbanismo y construcción en Bogotá D.C., denominado "Trámite Fácil, Construcción Positiva", dentro del marco general de competencias de las entidades del Distrito.
Que el Decreto 177 de 2010 Por medio del cual se establecen mecanismos deracionalización, simplificación y automatización de trámites de la cadena de urbanismo y construcción en Bogotá, Distrito Capital define las Oportunidades de Mejora como las estrategias, los mecanismos y las acciones de racionalización, simplificación y automatización de los trámites.
Que el Decreto 531 de 2010 Por el cual se reglamenta la silvicultura urbana, zonas verdes y la jardinería en Bogotá...
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