responsabilidad en civil

Páginas: 5 (1001 palabras) Publicado: 6 de abril de 2014
Sentencia #
T-317/97
Peticionario
Diego Fernandoo Martínez Flórez

Derecho vulnerado
Derechos fundamentales de las personas recluídas en establecimientos carcelarios. “derecho a la integridad personal.””

Decisión
En mérito de lo expuesto, la Sala Novena de Revisión de la Corte Constitucional, en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,


R E S U E L V E :Primero: CONFIRMAR la Sentencia del 31 de enero de 1997, proferida por el juzgado 21 penal municipal de Medellín, pero por las razones expuestas en esta providencia.

Segundo: ORDENAR que por la Secretaría General de esta Corporación, se comunique esta providencia al juzgado 21 penal municipal de Medellín, en la forma y para los efectos previstos en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.Cópiese, notifíquese, insértese en la Gaceta de la Corte Constitucional y cúmplase.















Sentencia #
Sentencia T-244/97
Peticionario
Francisco Zipa
Derecho vulnerado
Le está vulnerando el derecho consagrado en el artículo 23 de la Constitución Nacional el cual le debe ser tutelado. DERECHO DE PETICION
Decisión
En mérito de lo expuesto, la Sala Séptima de Revisión de laCorte Constitucional administrando justicia en nombre del pueblo y por autoridad de la Constitución
 
RESUELVE:
 
Primero.- CONFIRMAR  en su integridad la sentencia objeto de revisión dentro de la tutela de la referencia.
 
Segundo.- Por Secretaría se librará la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos del caso.
 
 
Notifíquese, Comuníquese,Publíquese e insértese en la Gaceta de la Corte Constitucional.


Sentencia #
Sentencia T-263/97

Peticionario
Jimmy Lozano Rodríguez contra la Pagaduría de la Cárcel Nacional Modelo de Santa Fe de Bogotá.
Derecho vulnerado
Como consecuencia del no pago del salario en forma oportuna, como retribución a la labor realizada, se vulnera en forma grave el derecho a la subsistencia, razón por lacual la acción de tutela procede excepcionalmente para hacer efectivos el derecho al trabajo, a la seguridad social, a la dignidad, subsistencia y a la vida, en aquellos casos en que se afecta el mínimo vital. Teniendo en cuenta que al actor se le adeuda el pago de tres meses del año anterior por labores ejecutadas en el centro carcelario, se concederá la tutela de los derechos constitucionalesfundamentales del accionante al trabajo, al pago oportuno de los salarios, a la dignidad, a la subsistencia y al mínimo vital, para lo cual se ordenará a la Pagaduría de la Cárcel, cancelarle lo adeudado en materia de sueldos o bonificaciones correspondientes a los citados meses.

Decisión
En mérito de lo expuesto, la Sala Sexta de Revisión de Tutelas de la Corte Constitucional, obrando ennombre del pueblo y por mandato de la Constitución,

R E S U E L V E :

REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Regional de Bogotá el treinta (30) de diciembre de 1996, y en su lugar conceder la tutela de los derechos fundamentales del recluso Jimmy Lozano Rodríguez. En consecuencia  se dispone:

Primero. ORDENAR a la Pagaduría de la Cárcel Nacional Modelo de Bogotá cancelarle al reclusoJimmy Lozano Rodríguez lo adeudado en materia de sueldos o bonificaciones correspondientes a los meses de julio, agosto y septiembre de 1996, dentro del término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes, contadas a partir de la notificación de esta sentencia, siempre y cuando dichos valores no se hubieren cancelado con anterioridad a la notificación de la presente providencia.

Segundo.PREVENIR a la Pagaduría de la Cárcel Nacional Modelo para que en lo sucesivo se abstenga de incurrir en las acciones y omisiones que dieron lugar a la formulación de la presente acción de tutela.
Tercero. LÍBRENSE por Secretaría General las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.

Notifíquese, cópiese, publíquese, comuníquese e insértese en la Gaceta de la Corte...
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