Responsabilidad En Espectáculos Públicos
Responsabilidad en espectáculos públicos
Caso AFA
Hay responsabilidad cuando un sujeto, actuando antijurídicamente, ocasiona un daño a otro y en mérito a la atribución que de tal resultado hace la norma al agente –sea a título de culpa o por factores de otra índole- tiene la obligación de reparar el daño causado. No es correcto afirmar queen los casos de responsabilidad por riesgo o en situaciones como la del art. 2553 C. Civil, de las que deriva un daño, no hay ilicitud, lo que no habrá es culpabilidad, pero el C. Civil admite variados casos en los que se responde por los daños y perjuicios causados sin que haya dolo o culpa.-
SOLIDARIDAD
Al producirse un hecho que satisfaga los cuatro postulados (antijuricidad, factor deatribución, relación o nexo de causalidad, daño), puede afirmarse que estamos ante un hecho que genera responsabilidad. Y cuando existe más de un responsable por ese hecho, es posible que estemos frente a un supuesto de responsabilidad solidaria. El art. 1081 C.Civil menciona a la solidaridad como una forma de reparación del daño causado voluntariamente. El mismo establece: “La obligación de reparar eldaño causado por un delito pesa solidariamente sobre todos los que han participado en él como autores, consejeros o cómplices, aunque se trate de un hecho que no sea penado por el derecho criminal.-”. Este artículo proviene, textualmente, de uno de los párrafos del § 45 de la obra de Aubry-Rau; y en la exposición del tema, además, adoptada por el Esboço de Freitas y el Código Civil Chileno. A suvez el art. 1109 C. Civil remite a al art. 1081, cuando el daño fuere la consecuencia de un actuar negligente y descuidado, y hubiese más de un autor.
Debemos entender que la responsabilidad solidaria se refiere específicamente a la posibilidad del damnificado de reclamar su reparación íntegramente a cualquiera de sus deudores. La obligación de reparar resulta contraída por varios deudores, cadauno de los cuáles está precisado a satisfacer al acreedor la totalidad de la prestación debida, liberando a todos el ellos el cumplimiento de uno solo. Este concepto encuentra fundamento en el concierto recíproco de responsables; poniendo la ley en pie de igualdad a todos los participes del hecho.
Existen diferentes teorías que buscan explicar la reparación solidaria, entre ellas destacamos lassiguientes:
1- aquella que establece que cada uno de los participantes responde por la totalidad por que la actitud antijurídica en relación a su resultado aparece como una unidad, es indivisible, e igual característica debe ostentar la obligación resarcitoria; unidad que hace muy difícil separar la intervención de cada uno y graduar el monto de la reparación de acuerdo con la importancia de laparticipación.
2- Aquélla que invoca razones de utilidad: no tiene sentido que la acción de la víctima se dificulte cuando en el hecho han participado muchas personas, haciéndolas soportar la insolvencia de alguno de los responsables.
La ley fija ciertos requisitos de procedencia de la solidaridad, a saber
-Existencia de un delito 8 se trata de un hecho ilícito realizado voluntariamente asabiendas);
-Participación en el hecho;
-Daño único (no diferentes; varios hechos que produzcan un solo daño);
-Hecho único;
-Petición de parte (el actor debe haber demandado por el todo a todos los demandados).
Existen situaciones diferentes si varios sujetos deben responder a la víctima en virtud de causas distintas. A modo de ejemplo: el dueño del automotor responde por el riesgo de la cosa, mientrasque el conductor responde por su hecho personal de carácter culposo; la responsabilidad es concurrente, cada uno de los responsables afronta, independientemente del otro, el pago de la indemnización a la víctima, teniendo una acción de retorno con la persona que resulte definitivamente responsable.
RESPONSABILIDAD DEL ORGANIZADOR DE UN ESPECTACULO PÚBLICO
El organizador de un espectáculo (ya sea...
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