Responsabilidad medioambiental
PROYECTO DE LEY SOBRE RESPONSABILIDAD INTEGRAL POR DAÑOS AL MEDIOAMBIENTE
Como experto en la materia, le ha sido encargado un DICTAMEN sobre la adecuación a la Constituciónde varios preceptos (artículo 12, disposición final primera y disposición final segunda) del Proyecto de Ley de responsabilidad integral por daños al medio ambiente que ha sido aprobado por el Consejode Ministros y remitido al Congreso de los Diputados.
Artículo 1
La presente Ley tiene por objeto regular de manera integral los instrumentos jurídicos de prevención de daños al medioambiente y establecer los procedimientos adecuados para exigir responsabilidad por tales daños
(…)
Artículo 12
En el ámbito de aplicación de este capítulo, sus disposiciones prevalecerán entre losEstados miembros sobre los convenios y tratados multilaterales y bilaterales ratificados por ellos. En las relaciones con los demás Estados, la aplicación de este capítulo no afectará a los restantesconvenios y tratados multilaterales y bilaterales ratificados por España.
(…)
Disposición final primera. Modificación de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad delEstado
Se introduce una nueva Disposición Final (sexta) en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, cuyo texto es el siguiente:DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA. Colaboración para la prestación de servicios de policía local en la prevención de daños al medio ambiente.
En los supuestos en los que dos o más municipioslimítrofes, pertenecientes a una misma Comunidad Autónoma, no dispongan separadamente de recursos suficientes para la prestación de los servicios de policía local dirigidos a la prevención de daños al medioambiente, podrán asociarse para la ejecución de las funciones asignadas a dichas policías en la Ley sobre responsabilidad integral por daños al medio ambiente.
En todo caso, el acuerdo de...
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