Responsabilidad Penal Del Adolescente: Prioridad En La Reforma De La Lopna
Foto: Asamblea Nacional
La Convención Sobre los Derechos del Niño, tiende a afirmar la responsabilidad penal delos adolescentes quienes como titulares de derechos poseen, también, obligaciones que en el ámbito penal se expresa en la implantación de un sistema de responsabilidad por actos establecidos en la Leycomo delito.
Esta situación ha traído como consecuencia, la desaparición de la inimputabilidad de los adolescentes cuya edad está comprendida entre 12 y menos de 18 años. Venezuela recoge estainiciativa en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en la búsqueda de otorgarle al sistema penal de adolescente las garantías procesales como las establecidas en el artículo 528de la LOPNA.
El cual expresa: “el adolescente que incurra en la comisión de hechos punibles, responde por el hecho en la medida de su culpabilidad, de forma diferenciada del adulto. La diferenciaconsiste en la jurisdicción especializada y en la sanción que se le impone”.
Con respecto a la responsabilidad penal del niño la LOPNA expresa: “cuando un niño se encuentra incurso en un hechopunible, solo se le aplicaran medidas de protección, de acuerdo a lo previsto en esta ley”, en cambio al adolescente infractor, aunque no tenga plena capacidad para entender la magnitud del dañocometido, se le responsabiliza por ello, aplicándosele una sanción con fines esencialmente educativos.
Estos artículos referidos son partes de los planteamientos realizados ante el seno de la Comisiónde Familia, por la segunda vicepresidenta de la AN Marelis Pérez Marcano, de las diferentes mesas de trabajo que su despacho efectuó sobre la necesidad de reformar el sistema de responsabilidad penaldel adolescente, contenida en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente.
“El adolescente que incurra en la comisión de hechos punibles, responde por el hecho en la medida de su...
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