Responsabilidad personal de quienes han tenido
Según el art. 255 de la Ley 19.550 la asamblea de accionistas de las SociedadesAnónimas, o ensu defecto el consejo de vigilancia, debe designar un directorio compuesto por uno o más directores, según lo indique el estatuto, para administrar la sociedad.
El ocupante del cargo de Director seelige por la confianza que merece a los accionistas lo cual impone una cierta diligencia que este debe tener, como así también limitaciones que la ley impone para evitar así que se pueda perjudicar a lasociedad.
La principal limitación que tiene es la que se establece en el art. 271, donde se les permite solo realizar operacionescomprendidas dentro del objeto social y que el mismo sea celebradoen condiciones similares a las que la sociedad hubiera puesto si lo celebraba con terceros, salvo previa autorización de Asamblea Extraordinaria.
La sanción para los casos donde se celebren actos eninfracción a esta norma es que los mismos serán nulos de nulidad absoluta.
La responsabilidad (ilimitada y solidaria) del o los directores se regirá por el art. 59 de la LSC, y se hará extensiva alos síndicos cuando el daño no se hubiera producido si hubieran actuado de conformidad con las obligaciones de su cargo.
Si el director tuviera en uno a mas asuntos un interés contrario al de lasociedad, para no incurrir en responsabilidad, deberá ponerlo en conocimiento del Directorio y del síndico, y además abstenerse de participar en las deliberaciones relativas a esos asuntos en cuestión.Responsabilidad en grupo es cuando tu estas en cierta cosa pero en grup esto se puede ver en la escuela ay maestro que te encargan trabajos en este grupo se ve lo que es la responsabilidad por que...
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