Responsabilidad por el Hecho de la Cosa
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
Universidad Nacional Experimental Rómulo Gallegos
Misión Sucre - Aldea Universitaria “Las Tres Raíces”
Estado Portuguesa
RESPONSABILIDAD POR EL HECHO DE LAS COSAS
Triunfadores:
Junior Zamudia
José Sánchez
Karina Mujica
Norma Linares.
José Casadiego
Rud Linval
Cruz Rivero
GlendysColmenares
Abg. Asesora Norlis Camargo.
Acarigua, Abril 2014
INTRODUCCIÓN
Los cambios que se han ido produciendo en la responsabilidad civil en los últimos tiempos son muchos e importantes. De una parte se han producido alteraciones en el esquema de dicha figura, así junto al tradicional criterio de imputación de la culpa, en muchos sectores se ha extendido el de la responsabilidad objetiva, o laconsideración aquilatada por parte de los Tribunales en su caso, de la culpa del propio perjudicado, o la inversión de la carga de la prueba para favorecer al perjudicado. Por otra parte se puede apreciar el hecho innegable de que el ámbito en el que se puede apreciar la responsabilidad es cada vez más amplio.
Ante este complejo y sugerente panorama, el presente trabajo lo que se propone es llevara cabo un estudio de la legislación más novedosa de la responsabilidad civil de por el hecho de las cosas entre ellos los animales, tanto desde un punto de vista teórico como desde una perspectiva jurisprudencial, para con esas aportaciones facilitar a la sociedad y a los operadores jurídicos en general el empleo de los medios legales de reparación de daños.
Los animales, desde un punto de vistajurídico, son objeto de derecho. Tienen la naturaleza de bienes muebles, y dentro de éstos, en cuanto que tienen vida y autonomía propia, son semovientes. Son seres animados, lo que les dota de ciertas singularidades. Por consiguiente es fundamental tener una visión clara de la responsabilidad que tiene una persona llamada “Guardián” para reparar los daños a esas personas afectadas por cosas queson de su propiedad que más adelante serán desarrolladas.
RESPONSABILIDAD POR EL HECHO DE LAS COSAS
La responsabilidad por hecho de las cosas se fundamentó durante mucho tiempo en la culpa del guardián en la vigilancia de la cosa, al no haber tomado todas las precauciones necesarias para que ésta no produjera daños a terceros.
Hoy en día la doctrina y la jurisprudencia predominanteconsideran que la responsabilidad por hecho de las cosas es una responsabilidad objetiva fundada en la teoría de los riesgos, al haber introducido el guardián un riesgo en la sociedad y obtener un provecho de su uso, bien sea económico o para su simple satisfacción personal.
En cuanto a la responsabilidad por animales, el art. 1905 del Código Civil, establece que el poseedor de un animal o que se sirvede él, es responsable de los perjuicios que cause. Sólo cesa si es por fuerza mayor o culpa del que sufre el daño. La Jurisprudencia declara que este artículo enuncia una responsabilidad objetiva.
RESPONSABILIDADES ESPECIALES POR EL HECHO DE CIERTAS COSAS
Por otro lado el artículo 1193 del código civil regula la responsabilidad de las cosas en general, hay situaciones o cosas que por diversascircunstancias han sido objeto de normativas especiales, algunas de ellas contenidas en el propio código civil, y otras leyes especiales.
Quedan excluidas de la regulación del artículo 1193 ejusdem, los siguientes casos:
a) Res nullius, son aquellas cosas que no pertenecen a nadie ni han pertenecido a ninguna otra persona; nadie ha ejercido el derecho de propiedad sobre ella. Es decir, lascosas nullius siempre son muebles; porque en cuanto a los inmuebles que carezcan de propiedad pertenecen al dominio privado de los estados o de la Nación (Art. 542CC.)
Es por ello que la res nullius son los insectos, los reptiles, la fauna silvestre, los animales que jamás han estado bajo la guardián de alguien, las aguas de lluvia y las fluviales, la cría de los animales que se han fugado, los...
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