responsabilidad societaria
INTRODUCCION
La personalidad, reconocida por nuestro sistema legal, a las sociedades comerciales, las coloca en el ámbito legal, como sujeto de derecho diferenciado de sus integrantes, con aptitud jurídica suficiente, para contraer derechos y adquirir obligaciones. Los entes sociales así concebidos, tienen su propio patrimonio, completamentediferenciado del de sus integrantes. Tal personalidad jurídica, solo puede ser atacada, por lo que se ha dado en llamar, “el instituto de la penetración y la desestimación”, siendo soluciones legales, que pueden ser utilizadas únicamente en casos excepcionales y con contenido fraudulento.
Sin fraude (léase ilicitud), no puede intentarse la desestimación de la personalidad jurídica de un ente societario,constituido conforme a la ley 19.550. Lo contrario implicaría, lisa y llanamente, desconocer esa personalidad diferenciada de sus integrantes, para atribuirle, únicamente, una personalidad precaria, que puede ser desplazada en cualquier momento. A lo cual se seguiría un alto grado de inseguridad jurídica, con la consecuente desestimación de las figuras societarias.
Nuestro país fue el primero enreceptar esta teoría, con la reforma a la ley de sociedades comerciales, hecha por la ley 22.903 (1983), en el art. 54º, bajo el encabezado “Inoponibilidad de la personalidad jurídica”. Esta norma legal, determina que “la actuación de la sociedad que encubra la consecución de fines extrasocietarios, constituya un mero recurso para violar la ley, el orden público o la buena fe o para frustrarderechos de terceros, se imputará directamente a los socios o a los controlantes que la hicieron posible, quienes responderán solidaria e ilimitadamente por los perjuicios causados”.
Nuestro sistema legal determina, para considerar responsables en forma personal a los socios de una persona jurídica de existencia ideal, que éstos la hayan utilizado de manera abusiva (cf. Art. 14 LCT). Dicho extremoconsiste en la reducción de la persona jurídica a una mera figura estructural, como instrumento para lograr objetivos puramente individuales muy distintos de los propios de la realidad social que justifica aquella personalidad. El sistema de responsabilidad solidaria cobra virtualidad a partir de lo dispuesto por el art. 274 de la ley 19.550, el cual, referido a los directores de una sociedadcomercial, establece que responden ilimitada y solidariamente hacia la sociedad, los accionistas y los terceros, por el mal desempeño de su cargo, según el criterio del art. 59, así como por la violación de la ley y por cualquier otro daño producido por dolo, abuso de facultades o culpa grave- cf. Art. 274 L.S.. Igual conclusión cabe con relación al art. 157 L.S. respecto de los gerentes administradores yrepresentantes de la sociedad de responsabilidad limitada. Así, la retención de aportes sin efectivización concreta por ante los organismos pertinentes durante varios meses, resulta de modo inequívoco en violación de la ley, la cual atendiendo a las pautas del apartado segundo del dispositivo legal aludido - art. 274, L.S.-, tanto como a la calidad de socio gerente de una sociedad deresponsabilidad limitada- art. 157 L.S.-, se exhibe como una actuación individual, que le es imputable.
ANALISIS DEL FALLO
En el fallo Simone, Humberto A. v. Foglia S.A y otros, el actor demanda a la sociedad y a los directores de la misma por la existencia de la modalidad de “pago habitual en negro” de los salarios de sus dependientes. A fin de acreditar su pretensión, el actor solicitadeclaración testimonial a cuatro empleados de dicha empresa quienes dan cuenta de dicha modalidad de pago con relación a ellos mismos y al restante personal. Todos coinciden en señalar que el dinero con el que se abonaba el sobresueldo no registrado se traía en efectivo del banco y se ensobraba en el piso superior y luego se entregaba dicho sobre al personal administrativo y a los operarios y demás...
Regístrate para leer el documento completo.