RESPOSABILIDAD DE ESTADO
Jordanni Orejuela
1.144.170.898
Docente:
Carlos Olmendo Arias Rey
Derecho Administrativo General II
5-A
Universidad Santiago de Cali
Noviembre 20 de 2012
Periodo 2012 B
La Constitución de 1991 se incorpora el concepto de “daño antijurídico” en el artículo 90 de la misma, como fundamento de la responsabilidadextracontractual del Estado, por tanto doctrina y jurisprudencia nacional han venido manifestándose sobre el tema, emitiendo variedad de criterios, opiniones y teorías, relativas al régimen de responsabilidad que consagra la mencionada norma constitucional.
El artículo 90 establece lo siguiente:
“El estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados porla acción u omisión de las autoridades públicas.
En el evento de ser condenado el Estado a la reparación patrimonial de uno de tales daños, que haya sido consecuencia de la conducta dolosa o gravemente culposa de un agente suyo, aquél deberá repetir contra este”
A partir de 1991 varios cambios sustanciales ocurren respecto al tema de la responsabilidad patrimonial de la administración pública asaber:
Por primera vez en el ámbito constitucional se consagra el principio general de responsabilidad patrimonial, en forma específica y no derivándolo de otros principios normativos.
El concepto de daño antijurídico se erige como fundamento o pilar de toda la responsabilidad de la administración pública, apartándola del elemento subjetivo (culpa o dolo), y centrándolo en el daño.
De maneratal que “la fuente de la responsabilidad patrimonial del Estado es un daño que debe ser antijurídico, no porque la conducta del autor sea contraria al derecho, sino porque el sujeto que lo sufre no tiene el deber jurídico de soportar el perjuicio, razón por la cual se reputa indemnizable, lo cual significó un giro copernicano en el fundamento de la responsabilidad estatal, la cual ya no reposa enla “calificación de la conducta de la Administración, sino la calificación del daño que ella causa”.
1. RESPONSABILIDAD DEL ESTADO POR EL HECHO DE LA LEY
El tema de responsabilidad del estado por el hecho de la ley plantea tres (3) hipótesis expresamente previstas por la Constitución como por ejemplo, la delos daños causados por las leyes declaradas inexequibles por la corte constitucional,aquellas que no han sido objeto de tal pronunciamiento porque ningún ciudadano ha invocado su control de constitucionalidad, pero que más sin embargo contradice el texto constitucional o por las leyes constitucionales, bien porque han sido declaradas tales por la corte o porque, sin que exista tal pronunciamiento no contradice la constitución.
El Consejo de Estado se ha pronunciado en relación conlas normas declaradas inexequibles, razón por la cual, presupuesto de los perjuicios reclamados es precisamente la declaración de inexequibilidad, como es en el caso de las leyes cuya constitucionalidad no se discute.
“…respecto de lo primero en sentencia del 26 de septiembre del 2002 (exp. 20.495), entre otras muchas que decidieron situaciones idénticas, se resolvió el conflicto planteado por elMunicipio de Prado, consistente en lo siguiente: la ley de presupuesto para la vigencia fiscal de 1995 incluyo – como recursos de capital - , la suma de 872 mil millones de pesos correspondiente “a lo recaudado por concepto de concesión a los particulares del servicio de telefonía celular”. En tales condiciones, sobre la mencionada cifra no se generaba participación alguna en favor de losmunicipios del país. Esta disposición presupuestal, sin embargo, fue declarada inexequible, mediante sentencia C-423 de 1995, por estimar que tales recursos hacían parte de los ingresos corrientes de la Nación, circunstancia que, entonces, determinaba el derecho de las mencionadas entidades territoriales para participar de los mismos en los términos de la constitución y la ley. Como consecuencia de lo...
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