Respuesta peticion
Señor(es):
BELISARIO PINEDA VILLAMIL, MARIA IRENE PIRAGUA DE PINEDA, representante legal de TAXIS YA S.A, y apoderado general de ASEGURADORA SOLIDARIA DECOLOMBIA LTDA ENTIDAD COOPERATIVA.
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__________REFERENCIA: RESPUESTA DERECHO DE PETICIÓN
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Respetados señores.
En atención al derecho de peticiónradicado el 02 de Julio de 2010, en el que la parte convocada a audiencia de conciliación No. 10-0885, Sr. BELISARIO PINEDA VILLAMIL - MARIA IRENE PIRAGUA DE PINEDA acompañados de su apoderada Dra.LINA MARIA CUELLAR MONTES, el representante legal de TAXIS YA S.A, y el apoderado general de ASEGURADORA SOLIDARIA DE COLOMBIA LTDA ENTIDAD COOPERATIVA solicitaron suspensión de la audiencia paracitar a conductores y propietarios de los vehículos de placa SHG 913 y VFB 174 “para que participen en la misma, como consorcio jurídico necesario”; me permito dar respuesta de la siguiente forma:
1.Sobre la suspensión de audiencia de conciliación, el Ministerio de Interior y de Justicia emitió el siguiente concepto: “Las suspensiones de la audiencia de conciliación deben ser autorizadas por laspartes sujetos del conflicto, el conciliador no decide unilateralmente si se realizan sesiones adicionales. Si alguna de las partes no está de acuerdo con la suspensión, el conciliador debe entender queno hay acuerdo conciliatorio para seguir el procedimiento de la conciliación y en este caso expedirá la constancia de no acuerdo.” (CONCEPTO 12781 DEL 14/06/06)
2.En el caso concreto la partecitante manifestó no tener ningún interés en citar a los conductores y propietarios de los vehículos de placa SHG 913 y VFB 174, por tal motivo y ante la evidente ausencia de acuerdo de voluntades e...
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