Respuesta a derecho de peticion
Señora
ANTONIA GOMEZ SOLANO
Transversal 28 No. 13 – 29
Cel. 3106059591
Valledupar (Cesar)
Ref.: Derecho de Petición
Respetada Señora:
Dandorespuesta al derecho de petición radicado hacia nosotros en donde solicita el pago de la indemnización por la supuesta afectación de la cobertura de ENFERMEDADES GRAVES teniendo en cuenta la historiaclínica allegada en su momento, nos permitimos manifestar lo siguiente:
En primero lugar cabe resaltar que la solicitud de pago mencionada previamente fue negada en su momento mediante el escritode objeción identificada bajo el radicado OB-097-11 elaborado por el representante legal para asuntos judiciales y administrativos de MAPFRE COLOMBIA VIDA SEGUROS S.A.; utilizando como fundamentobase el no suministro de información respecto a su estado real de salud o reticencia de conformidad a lo establecido en el articulo 1058 del Código de Comercio, al verificarse en la historia clínica defecha 20 de Octubre de 2009 suministrada por UBA COOMEVA ALFONSO LOPEZ un diagnostico de HIPERTENSIÓN ARTERIAL NO CONTROLADA que no fue comunicado al momento de suscribir el contrato de seguro devida con MAPFRE VIDA SEGUROS S.A. a través de CREZCAMOS S.A., configurándose por ello una nulidad relativa que vicia el negocio jurídico antes descrito y nos faculta por imperio de la ley a no cancelarninguna indemnización.
Ahora bien, volviendo a lo requerido en el derecho de petición radicado en la Compañía el pasado 02 de Noviembre 2011, lamento manifestarle que el simple hecho de haberomitido información correspondiente a su estado real de salud sin importar la afección que padeciese al momento de la suscripción de la póliza, produce la nulidad relativa de la misma y en consecuenciano da lugar a la aseguradora a cancelar cualquier concepto o cobertura derivada de mencionado acuerdo (enfermedad grave, incapacidad total y permanente, fallecimiento, etc.), dado que la principal...
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