Respuesta A EMSERVIR ESP Por Reteica Improcedente Mar 2014

Páginas: 7 (1551 palabras) Publicado: 3 de junio de 2015
Bucaramanga, marzo 11 de 2014



Señor
GIOVANNI EDUEN ACOSTA CADENA
EMSERVIR E.S.P.
Rionegro (Santander)

REFERENCIA: REPLICA RESPUESTA SOLICITUD DEVOLUCION RETEICA

Teniendo en cuenta su respuesta acerca de la petición de devolución de RETEICA, aplicado en forma indebida por parte de su empresa, muy amablemente me permito hacer las siguientes precisiones:

1. Territorialidad: Según laley 14 de 1983, se considera que el sujeto pasivo o contribuyente ha obtenido ingresos en un municipio cuando ha desarrollado actividades comerciales, industriales o de servicios en su jurisdicción, utilizando o no un establecimiento comercial. Es suficiente que se haga uso de las instalaciones e infraestructura de un municipio para generar el ingreso, para que se deba tributar en el respectivomunicipio.

No basta que la operación se haya efectuado con una empresa ubicada en el Municipio de Rionegro (Santander), para que esta quede sujeta al gravamen en mención; es necesario haber desarrollado la actividad en dicho Municipio, habiendo hecho uso de las instalaciones o infraestructura del mismo.

La empresa “Diseño Empresarial – Fernando González Romero”, se encuentra ubicada en la carrera13 # 37 – 88 de la ciudad de Bucaramanga y es en este Municipio donde realiza todas sus operaciones, y por ende es sujeto pasivo del impuesto de industria y comercio en el municipio de Bucaramanga.

Es un gran error de apreciación, cuando señalan que la operación se realizó en las instalaciones de EMSERVIR ESP, cuando todo el proceso se realiza en la ciudad de Bucaramanga. Sería ilógico que parahacer un trabajo, se tenga que trasladar maquinaria y equipo a las instalaciones de la empresa contratante.

Para tratar de aclarar el concepto de territorialidad, favor tener en cuenta la doctrina y jurisprudencia sobre el tema:

Concejo de Estado.- Sala de lo contencioso Administrativo. Sección cuarta. Santafé de Bogotá, D.C.., siete (7) de junio de mil novecientos noventa y seis (1996).Concejero ponente: Doctor Delio Gómez Leyva:

“ No se pueden gravar así las actividades realizadas en un determinado municipio,
Sujetas allí a gravamen, en cualquiera otra localidad aduciendo que es en esta
Última a donde se destina, o consume el producto, pues por una parte el hecho
Generador no es el consumo de bienes y servicios sino la prestación deactividades
Industriales, comerciales y de servicios y por la otra, el sujeto pasivo del gravamen
no se sitúa en el lugar de consumo sino en el lugar en donde se realice la actividad
gravada.”“De aceptar la tesis de la apoderada de Medellín, implicaría gravar absolutamente
En este municipio la totalidad de las empresas cuyos productos se consumen en este
Municipio, incluidas las ventas efectuadas por sociedad en el extranjero, que
escapan obviamente a la actividad impositiva del Estado Colombiano.”La dirección de impuestos distritales de Bogotá, en concepto jurídico número 586
de agosto 13 de 1997, ha manifestado lo siguiente: 

“El ejercicio o realización de una actividad es un conjunto de actos objetivos, de
donde si una persona desarrolla actividad industrial, comercial o de servicios en
diferentes municipios con establecimientos decomercio o sin ellos, no puede
hacerse una abstracción y predicarse que el hecho generador se dio en sitio distinto
al que realmente ocurrió. La regla general es que no puede entenderse por
extensión que la realización o ejercicio de actividad sujeta al impuesto de industria
y comercio, en un determinado municipio, se da en la jurisdicción de otro.”...
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