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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
CASO SALVADOR CHIRIBOGA VS. ECUADOR
SENTENCIA DE 29 DE AGOSTO DE 2011
(INTERPRETACIÓN DE LA SENTENCIA DE REPARACIONES Y COSTAS)
En el caso Salvador Chiriboga,
la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”), integrada por los siguientes jueces:
DiegoGarcía-Sayán, Presidente;
Cecilia Medina Quiroga, Jueza;
Sergio García Ramírez, Juez;
Manuel E. Ventura Robles, Juez;
Margarette May Macaulay, Jueza;
Rhadys Abreu Blondet, Jueza, y
Diego Rodríguez Pinzón, Juez ad hoc;
presente, además,
Pablo Saavedra Alessandri, Secretario,
de conformidad con el artículo 67 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante“la Convención Americana” o “la Convención”) y el artículo 68 del Reglamento de la Corte (en adelante “el Reglamento”), resuelve la demanda de interpretación de la Sentencia de reparaciones y costas emitida por el Tribunal el 3 de marzo del 2011 en el presente caso (en adelante “la Sentencia”), interpuesta el 2 de junio de 2011 por la República del Ecuador (en adelante “el Estado” o “Ecuador”).I
INTRODUCCIÓN DE LA DEMANDA DE INTERPRETACIÓN
Y PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE
1. El 3 de marzo de 2011 la Corte emitió la Sentencia de reparaciones y costas, la cual fue notificada a las partes el 23 de marzo de 2011.
2. El 2 de junio de 2011 el Estado presentó una demanda de interpretación de la Sentencia, de conformidad con los artículos 67 de la Convención y 68 del Reglamento. ElEstado solicitó al Tribunal que interpretara la Sentencia de reparaciones y costas específicamente en relación con: a) el estado de los procesos internos frente a la Sentencia de la Corte Interamericana de 3 marzo 2011, debido a la necesidad de un pronunciamiento internacional sobre la situación en que deben quedar los procesos locales respecto al objeto de litigio que, de manera subsidiaria seencontraba bajo el conocimiento de dicho Tribunal, y b) la “sustentación del monto indemnizatorio determinado por la […] Corte”.
3. El 28 de junio de 2011, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68.2 del Reglamento y siguiendo instrucciones del Presidente de la Corte (en adelante “el Presidente”), la Secretaría del Tribunal (en adelante “la Secretaría”) transmitió una copia de la demandade interpretación a los representantes de la víctima (en adelante “los representantes”) y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”). Asimismo, se informó a los representantes y a la Comisión Interamericana que podrían presentar los alegatos escritos que estimaran pertinentes, a más tardar el 28 de julio de 2011.
4. El 26 dejulio de 2011 los representantes presentaron sus alegatos escritos y solicitaron al Tribunal que rechace la solicitud de interpretación de la Sentencia de 3 de marzo de 2011 por ser “improcedente y contraria a las normas del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos”.
5. Por su parte, el 28 de julio de 2011 la Comisión presentó sus alegatos escritos, y señaló “que no existevaguedad en la [S]entencia ni ningún tema de orden público interamericano que deba ser aclarado, razón por la cual no tiene observaciones que formular al respecto”.
II
COMPETENCIA Y COMPOSICIÓN DE LA CORTE
6. El artículo 67 de la Convención establece que:
[e]l fallo de la Corte será definitivo e inapelable. En caso de desacuerdo sobre el sentido o alcance del fallo, la Corte lointerpretará a solicitud de cualquiera de las partes, siempre que dicha solicitud se presente dentro de los noventa días a partir de la fecha de la notificación del fallo.
7. De conformidad con el artículo citado, la Corte es competente para interpretar sus fallos. Para realizar el examen de la demanda de interpretación y resolver lo que a este respecto corresponda, el Tribunal debe tener, si es...
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