resumen Art 94 constitucion politica de Colombia
ARTICULO 94. La enunciación de los derechos y garantías contenidos en la Constitución y en los convenios internacionales vigentes, no debe entenderse comonegación de otros que, siendo inherentes a la persona humana, no figuren expresamente en ellos.
Este Articulo es importante ya que gracias acepta dos puntos de vista históricos, eliusnaturalismo y el positivismo, el iusnaturalismo son esos derechos naturales del hombre, vienen directamente adheridos a la persona tales como el derecho a la vida, derechos a un hogar, etc. y elpositivismo es el punto de vista donde las reglas y derechos que se siguen tienen que estar estipuladas jurídicamente. Así podemos ver que Colombia sigue un camino centrado entre dos pensamientos.Comparando a Colombia con otros países donde solo siguen el punto de vista positivista, me atrevo a afirmar que somos un país con una cultura más desarrollada que otras, porque al hablarderechos no solo se debe considerar esas garantías que se expresan en las constituciones, sino que debemos prestar atención al presente Artículo, ya que existen derechos aunque no esténplasmados en la constitución o convenios internacionales, estos son inherentes a la persona humana.
El artículo 94 de la Constitución Política Colombiana contiene la cláusula de
derechosinnominados –no numerados, no nombrados– situación que comparten
en su gran mayoría las cartas fundamentales de los países del mundo, y no es un tema reciente; el antecedente más remoto conocido seencuentra en la Novena Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos de Norte América: ahí claramente el pueblo tiene los derechos fundamentales que por ser personas
humanas lecorresponden, sin que la circunstancia de no encontrarse expresamente consignados en el texto constitucional, impida que el ciudadano tenga la tutela judicial efectiva correspondiente.1
Regístrate para leer el documento completo.