Resumen Civil One

Páginas: 8 (1783 palabras) Publicado: 1 de octubre de 2015
Vicios de La Voluntad
Introducción
Para que un Acto produzca efectos jurídicos debe ser ejecutado con discernimiento, intención y libertad. Dicho acto se presume valido si el que lo realizo no estaba viciado (su estado) por Error, Dolo o Violencia. Pero si aparece uno de estos vicios el acto es ANULABLE, porque se supone que falta unos de los elementos esenciales de la voluntad: en Error y Dolofalta “Intención” por lo tanto en Violencia “Libertad”.
Tipos de Vicios
Error (concepto sacado del Nuevo CCyC)
Se Entiende por “error” el falso conocimiento de la realidad de las cosas. Es un vicio de la voluntad que afecta la intención del sujeto, como elemento interno del acto voluntario. (De no haber tenido un falso conocimiento de las cosas, la persona jamás hubiera celebrado el acto.)
ErrorEsencial y Error Accidental Art 928 (el Error accidental se anula en el nuevo CCyC) Art 257
El Primero es aquel que se refiere al elemento del contrato que se a tenido especialmente en mira al celebrarlo, solo el da lugar a la anulación del acto.
El segundo en cambio, el error que recae sobre circunstancias secundarias o accidentales, no es suficiente para provocar la invalidez.
Casos de Erroresencial: Cuando
A) Recae Sobre la Naturaleza del Acto Art 924 y sobre el Objeto del Acto. Art 927 C.C y art 257 del CCyC; es el que recae sobre la especie del acto o contrato que se celebra o ejecuta. Ejem: Yo vendo mi casa pero la otra persona entiende que la recibe en donación o en alquiler; Ejem: Yo vendo mi casa en La Paz y la otra persona acepta comprar la casa de San Gustavo.
B) Recaesobre la causa principal del acto 926 C.C.
C) Recae sobre las Cualidades substanciales de la cosa o bien Art 926 CC y Art 257 del CCyC : El error no recae sobre el hecho generador o fuente, sino sobre la característica esencial de un bien que determino la voluntad común. (la cosa es sobre la que querían contratar las partes, pero no tiene las caract. Que se pensaba que tenía.
D) Recae sobre la personadel otro contratante Art 925 CC y el Art 257 del CCyC: El error recae en la identidad de la persona si tiene un destinatario determinado y la declaración de voluntad es dirigida a una persona distinta de aquella con quien se cree celebrar el acto.
E) El Nuevo código agrega Motivos relevantes incorporados expresa o tácitamente. Se trata del conjunto de razones de una persona que la lleva acelebrar el negocio jurídico que, si bien inicialmente son particulares, se manifestó a la otra parte al momento de celebrar el acto, ya sea por declaración expresa o tácita.
Error Excusable e Inexcusable
Según el Art 929, no todo error puede anular el acto jurídico. Para ello es necesario que sea excusable, es decir que haya habido razón para errar. Pero si proviene de una negligencia culpable elerror es inexcusable por ende no puede pretender la nulidad del acto.


Error de Expresión o de Pluma
Puede ocurrir que uno de los contratantes, al pronunciar o escribir cierta palabra o cantidad declare una distinta de la que había pensado debido a un error de expresión. Si la parte que recibe el contrato es de buena fe, dicho contrato es válido, atendiendo a la seguridad del negocio jurídico.En estos casos el error no da lugar a la anulación del contrato sino a la ratificación de los términos de la declaración.
En el código CCyC agrego “error de Cálculo”. Art 268 El error de cálculo no da lugar a la nulidad del acto sino solamente a su ratificación, excepto que sea determinante del consentimiento.
Error de Derecho y error de hecho
Si Cae sobre algunos de los elementos del hecho,contenido o presupuesto del acto, en tal caso se trata de error de hecho. En cambio, el error de derecho es el que recae sobre el alcance, la existencia o la vigencia de las normas jurídicas.
El Error de derecho no puede ser invocado para anular los actos (en el CCyC Salvo en los casos que mencione el art 8) Si una persona comete un ilícito no puede eximirse de las consecuencias de los daños. Sin...
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