Resumen de IGMP
Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta
Hecho Imponible:
Se determina sobre la existencia de activos situados en el país y en el exterior al cierre de cada período fiscal en cabeza de los sujetos definidos en la ley
Sujetos:
1. Las sociedades, asociaciones civiles y fundaciones domiciliadas en el país. Estos sujetos revestirán tal carácter desde la fecha de acta fundacional o bien de lacelebración del respectivo contrato.
2. Las empresas o explotaciones unipersonales ubicadas en el país, pertenecientes a personas domiciliadas en el mismo.
3. Las entidades y organismos a que se refiere el art. 1 de la ley Nº 22.016
4. Las personas físicas y sucesiones indivisas que sean titulares de inmuebles rurales, en relación con estos últimos.
5. Los fideicomisos constituidos en el país, bajo elrégimen de la ley Nº 24.441, con la excepción de fideicomisos de carácter financiero.
6. Los fondos comunes de inversión constituidos en el país.
7. Establecimientos estables ubicados en el país, pertenecientes a sujetos del exterior.
Establecimientos Estables
Son considerados los lugares fijos de negocios en los cuales una persona de existencia visible o ideal, una sucesión indivisa, un patrimoniode afectación o una explotación o empresa unipersonal desarrolla total o parcialmente su actividad. También se considera establecimientos estables a los inmuebles urbanos afectados a la obtención de renta. La ley enuncia en su artículo 2º algunos establecimientos que considera estables.
No se Consideran Establecimientos Estables:
La realización de negocios en el país por medio de corredores,comisionistas o cualquier otro tipo de intermediarios que gocen de una situación independiente, siempre que éstos actúen en el curso habitual de sus propios negocios. Tampoco se considerarán establecimientos estables las sociedades y asociaciones civiles y fundaciones domiciliadas en el país.
Responsable Sustituto
Las personas de existencia visible o ideal domiciliadas en el país.
Empresas oexplotaciones unipersonales ubicadas en el país.
Sucesiones indivisas radicadas en el país.
Cuando tengo el condominio, posesión, uso, goce, disposición, depósito, tenencia, custodia, administración o guarda de bienes que constituyan establecimientos estables, deberán actuar como responsables sustitutos del gravamen, efectuando el ingreso correspondiente a cada período fiscal.
En el caso de una UTE, elresponsable sustituto será el representante a que se refiere el art. 379 de la ley de sociedades Comerciales, o sea su representante legal.
Sociedades de Hecho
Los inmuebles propiedad de uno o más socios de sociedades de hecho, afectados a la explotación en forma exclusiva y sin retribución alguna, o cuando la misma sea inferior a la que se hubiera fijado entre partes independientes, de acuerdocon los valores de mercado, integrarán el activo de dichas sociedades.
Exenciones:
Se considerarán bienes exentos en esta ley a:
1. Los bienes situados en Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur (Ley N 19.640)
2. Los bienes pertenecientes a los sujetos alcanzados por el régimen de inversiones para la actividad minera (LeyNº 24.196)
3. Los bienes pertenecientes a entidades reconocidascomo exentas por la AFIP, en virtud de lo dispuesto en los incisos d, e, f, g y m del art. 20) de la ley de Ganancias.
4. Los bienes beneficiados por una exención del impuesto, subjetiva u objetiva, en virtud de leyes nacionales o convenios internacionales.
5. Las acciones y demás participaciones en el capital de otras entidades sujetas al impuesto, incluidas las empresas y explotacionesunipersonales, y los aportes y anticipos efectuados a cuenta de futuras integraciones de capital, cuando existan compromisos de aportes debidamente documentados o irrevocables de suscripción de acciones, con excepción de aquellos que devenguen intereses o actualizaciones en condiciones similares a las que pudieran pactarse entre partes independientes, teniendo en cuenta las prácticas normales del...
Regístrate para leer el documento completo.