Resumen embargo mercantil

Páginas: 24 (5877 palabras) Publicado: 2 de enero de 2011
SECCIÓN SEGUNDA
De los Embargos
Artículo 514.- Decretado el auto de ejecución, el cual tendrá fuerza
de mandamiento en forma, se requerirá de pago al deudor y no
verificándolo éste en el acto, se procederá a embargar bienes suficientes
a cubrir las prestaciones demandadas si se tratare de juicio ejecutiCódigo
de Procedimientos Civiles para el Estado de Chiapas. 123
vo o las fijadas en lasentencia. El actor podrá asistir a la práctica de la
diligencia.
No es necesario el requerimiento de pago en la ejecución del embargo
precautorio, ni en la ejecución de sentencia cuando no fuere
hallado el condenado.
Artículo 515.- Si el deudor, tratándose de juicio ejecutivo, no fuere
habido después de habérsele buscado una vez en su domicilio, se le
dejará citatorio para hora fija dentrode las veinticuatro horas siguientes
y si no espera, se practicará la diligencia con cualquier persona que
se encuentre en la casa o a falta de ella con el vecino inmediato.
Si no se supiere el paradero del deudor, ni tuviere casa en el lugar,
se hará el requerimiento por tres veces consecutivas en el Periódico
Oficial y fijando la cédula en los lugares públicos de costumbre y
surtirá susefectos dentro de ocho días, salvo el derecho del actor para
pedir providencia precautoria.
Efectuado el requerimiento por cualquiera de los modos indicados,
se procederá en seguida al embargo.
Artículo 516.- El derecho de designar los bienes que han de embargarse,
corresponde al deudor; y sólo que éste se rehúse a hacerlo o
que esté ausente, podrá ejercerlo el actor o su representante, perocualquiera de ellos se sujetará al siguiente orden: 1º. Los bienes consignados
como garantía de la obligación que se reclaman; 2º. Dinero;
3º. Créditos realizables en el acto; 4º. Alhajas; 5º. Frutos y rentas de
toda especie; 6º. Bienes muebles no comprendidos en las fracciones
anteriores; 7º. Bienes raíces; 8º. Sueldos o comisiones; 9º. Créditos.
Cuando el embargo deba recaer en bienesraíces, después de respetar
el orden establecido en el párrafo anterior, el ejecutante podrá señalar
por escrito, en el momento de la diligencia, mediante relación
debidamente suscrita, los bienes inmuebles objeto del gravamen, debiendo
el actuario mandar agregar al acta ese escrito, cuando así procediere
en términos del artículo 514 de este código, para que forme
parte de la actuación.
124Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chiapas
Artículo 517.- El ejecutante puede señalar los bienes que han de
ser objeto del secuestro, sin sujetarse al orden establecido por el artículo
anterior:
I. Si para hacerlo estuviere autorizado por el obligado en virtud
de convenio expreso;
II. Si los bienes que señala el demandado no fueren bastantes o si
no se sujeta al orden establecido en elartículo anterior.
III. Si los bienes estuvieren en diversos lugares; en este caso puede
señalar los que se hallen en el lugar del juicio.
Artículo 518.- El embargo sólo procede o subsiste, en cuanto baste
a cubrir la suerte principal y costas, incluyéndose en aquella nuevos
vencimientos y réditos hasta la conclusión del juicio. El juez, a petición
de parte, reducirá el embargo de los bienescuando el valor de
estos rebase notoriamente aquellos extremos, substanciándose incidentalmente
la solicitud.
Artículo 519.- Ninguna dificultad suscitada en la diligencia de
embargo la impedirá ni suspenderá; la autoridad que actúe la allanará
prudentemente a reserva de lo que determine el juez.
Artículo 520.- Cuando practicado el remate de los bienes consignados
en garantía, no alcanzaresu producto para cubrir la reclamación,
el acreedor puede pedir el embargo de otros bienes.
Artículo 521.- Podrá pedirse la ampliación de embargo:
I. En cualquier caso en que a juicio del juez no basten los bienes
secuestrados para cubrir la deuda y las costas;
II. Si el bien secuestrado que se sacó a remate dejare de cubrir el
importe de lo reclamado a consecuencia de las retasas que...
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