Resumen Fallo Sara Doncel De Cook
Partes: Sara Doncel de Cook c. Provincia de San Juan FALLOS 155:290
SUMARIOS:
Entre los principios generales quepredominan en el régimen representativo republicano de gobierno, ninguno existe más esencial a su naturaleza y objeto, que la facultad atribuida a los representantes del pueblo para crear las contribucionesnecesarias para la existencia del estado. Nada exterioriza más la posesión de la plena soberanía que el ejercicio de aquella facultad, ya que la libre disposición de lo propio, tanto en lo particularcomo en lo público, es el rasgo más saliente de la libertad civil. Todas las constituciones se ajustan a este régimen, entregando a los congresos o legislaturas este privilegio exclusivo. En efecto,en todo estado soberano el poder legislativo es el depositario de la mayor suma de poder y es, a la vez, el representante más inmediato de la soberanía. En el caso se cuestiona la validezconstitucional de un decreto del Poder Ejecutivo de la provincia de San Juan que so pretexto de reglamentar la ley de patentes de dicha provincia, reglamenta las operaciones de préstamos en dinero sobre la que noexistía ley alguna.
Las provincias no pueden hacer efectivo otros impuestos locales que los creados por las leyes u ordenanzas del mismo carácter, sin que sea posible al Poder Ejecutivo establecerotros o extender los existentes a distintos objetos que los expresamente previstos en aquellas leyes. El poder de reglamentarlas se refiere únicamente a la facultad de dictar normas para su mejorejecución, pero no cabe admitir que bajo este pretexto puedan alterarlas en su espíritu o aplicarse más allá de su propósito expreso. Una prerrogativa semejante, consentida, en el P.E., importaría ladestrucción de la división de poderes y por tanto del sistema republicano representativo. En efecto, a la actora se le aplica y cobra un impuesto sin fundamento legal, inexistente en ley alguna anterior...
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