Resumen Franquicias
La regulación de losacuerdos de franquicia viene establecida en el Reglamento CEE número 4087/88, de la Comisión, de 30 de noviembre, en lo relativo a la aplicación del apartado 3 del artículo 85 del Tratado acategorías de acuerdos de franquicia. El artículo 62 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, regula el régimen de franquicia. El apartado 2 de este artículo obliga a las personasfísicas o jurídicas que pretendan desarrollar en España la actividad de franquiciadores a inscribirse, en su caso, en el Registro que pueden establecer las Administraciones competentes. Con lapresente disposición se pretende, por tanto, desarrollar reglamentariamente el artículo 62 de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista, a través de la concreción de las condiciones básicas de laactividad de cesión de franquicias y de la creación del Registro de Franquiciadores. Asimismo, el apartado 2 del artículo 62 tiene la consideración de norma básica, dictada al amparo del artículo 149.1.13.ªde la Constitución.
La presente disposición tiene por objeto establecer las condiciones básicas para desarrollar la actividad de cesión de franquicias y crear el Registro de Franquiciadores, previstoen el artículo 62 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.
2.º Actividad comercial en régimen de franquicia.- Se entenderá por acuerdo de franquicia principal aquél porel cual una empresa, el franquiciador, le otorga a la otra, el franquiciado principal, en contraprestación de una compensación financiera directa o indirecta, el derecho de explotar una franquiciacon la finalidad de concluir acuerdos de franquicia con terceros, los
franquiciados.
3.º Información precontractual al potencial franquiciado.- Cuando se trate de franquiciadores extranjeros,...
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