Resumen Reglamento Urbano
Sólo se autorizarán distancias menores cuando lasventanas abran a patios, con tapia construida en la línea divisoria entre los predios, de acuerdo con las dimensiones señaladas en el artículo VI. 3.7. de este Reglamento.
ARTÍCULO IV. 27.- Rampas. En caso de utilizarse rampas, su declive no será mayor de 1 en 10 y deberán construirse con superficie antiderrapante. Cumplirán con todos los requisitos especificados para las escalerasen cuanto éstos les sean aplicables. La longitud máxima entre descansos será de nueve metros ( 9,00 m ).
CAPÍTULO VI
EDIFICIOS PARA HABITACIÓN UNIFAM1LIAR Y MULTIFAM1LIAR
ARTÍCULO VI. 1.- Superficie libre. En todo edificio destinado a habitación deberán quedar libres las superficies destinadas a patios que sirvan para dar iluminación y ventilación a las distintasdependencias; dichas superficies no pueden ser cubiertas con voladizos, corredores, pasillos o escaleras; los aleros podrán cubrir un 25% de la superficie libre como máximo.
ARTÍCULO VI. 2.- Piezas habitables y no habitables. Se consideran piezas habitables los locales que se destinen a sala, despacho, estudio, comedor y dormitorio; no habitables, las destinadasde cocina, cuarto de baño, lavandería, bodega, garaje y pasillo. Para los efectos
de este Reglamento, el Ministerio de Salud y el Municipio podrán considerar piezas habitables aquéllas cuyo uso por ubicación y dimensiones, pueda presumirse razonablemente, aun cuando no aparezca así declarado en los planos.
ARTÍCULO VI. 3.- Dimensiones mínimas. A toda unidad dehabitación, con la sola excepción de las viviendas de interés social regidas por disposiciones especiales, se aplicarán las siguientes dimensiones mínimas:
VI. 3.1 Área por vivienda: Treinta metros cuadrados ( 30 m2 ) para unidades de un dormitorio (hasta dos personas ) y diez metros cuadrados ( 10m2 ) sobre los treinta mínimos, por cada dormitorio adicional.
VI. 3.2 Ancho de laentrada: En todos los proyectos de más de una vivienda por lote, sean en uno o más pisos, en forma aislada, o como edificio de apartamientos, la entrada al interior del lote deberá tener un ancho mínimo, libre de obstáculos, de tres metros ( 3,00 m ). Cuando se trate de cuatro o cinco viviendas en el interior, el ancho de la entrada deberá aumentarse a
cinco metros (5,00m); para seis viviendas o más, el ancho será de seis
VI. 3.3 Área por pieza
VI. 3.3.1. Dormitorios: Un dormitorio medirá como mínimo nueve metros cuadrados (9,00 m2); los demás podrán medir siete y medio metros cuadrados ( 7,50 m2 ), de área como mínimo, con un ancho no menor de dos y medio metros ( 2,50 m2).
VI. 3.3.2. Cocinas: Tendrán cinco metroscuadrados (5,00 m2) de área y dos metros (2,00 m2) de ancho como mínimo, salvo si se utiliza para preparar o cocer alimentos en un espacio integrado a la sala o comedor, caso en que puede ser menor.
VI. 3.3.3. Sala-comedor. Medirá diez metros cuadrados (10,00 m) de área mínima y dos y medio metros (2,50 m ) de dimensión menor. Si se proyectan sala y comedorindependientes, tendrán una superficie no menor de seis y medio metros cuadrados (6,50 m2) y siete y medio metros cuadrados ( 7,50 m2) respectivamente.
VI. 3.4. Altura de piso a cielo: La altura mínima de piso a cielo será de dos metros, cuarenta centímetros (2,40 m), siempre que exista cielo raso. Si no existiere y además el material de techo no fuere suficientemente aislante...
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