Resumen Resolucion
Reglamento de calce de operaciones activos y pasivos en moneda extranjera de los bancos y sociedades financieras privadas
Esta resolución regula el alcance de operacionesen moneda extranjera de los bancos y sociedades financieras privadas, entendiéndose como tal la diferencia máxima absoluta entre los activos netos y las obligaciones, compromisos futuros ycontingencias, con las que deberán operar dichas entidades, las cuales no podrán ser mayor al 60% del patrimonio computable cuando sea positiva y el 20% del mismo cuando esta sea negativa. Los porcentajespodrán ser modificados por la JM con base al estudio realizado por la SIB.
La diferencia será positiva cuando el monto de los activos sean mayor que el monto de las obligaciones , compromisos futuros ycontingencias, en moneda extranjera y será negativa cuando los mismos sean mayor que el monto de los activos, moneda extranjera. Dicho calculo debe hacerse sobre el promedio que resulte de dividir lasumatoria de los saldos de contabilidad de cada uno de los días del periodo , dentro de siete , para los días no hábiles se tomara el saldo del ultimo día hábil inmediato anterior, el calculo se harápor un periodo que inicia viernes y termina el jueves de la siguiente semana.
Las entidades financieras y bancos privados deberán de presentar a la SIB la información referente al alcance deoperaciones activas y pasivas de moneda extranjera.
Se deroga la resolución JM-128-2001 emitida por la JM el 8 de Marzo de 2001, y sus modificaciones.
JM-177-2002
Reglamento del Encaje Bancario
Elreglamento se fundamenta en el dispuesto por los artículos 43 y 45 del Decreto No. 16-2002 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Banco de Guatemala
El cual tiene como objeto desarrollar, demanera general y uniforme, los aspectos atinentes al encaje bancario en moneda nacional y moneda extranjera.
El porcentaje del encaje bancario será 14.6%, de moneda nacional y extranjera, solamente...
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