Resumen sentencia 2451
Corte Suprema, 13/01/2010, 2451-2008
Banco Estado con Sonia del Carmen Opazo Núñez y otros
Recurso de Casación en el Fondo / Resultado: Rechazado
Doctrina
Hay que interpretar armónicamente las normas que regulan la sucesión por causa de muerte, el tomar una norma aisladamente puede llevar a interpretaciones erróneas. Se deben conjugar distintasinstituciones en la herencia: El momento de la delación, la posesión y la aceptación o repudiación. Los herederos no contraen obligaciones en la herencia o legado que se les defiere sino por su declaración de voluntad, sea de aceptación o de repudio, expresa o tácita. Sólo se entiende que el asignatario acepta tácitamente si vende, dona o transfiere de cualquier modo a otra persona el objeto que se le hadeferido o el derecho de suceder en él o enajena cualquier efecto hereditario, en tanto, constituido en mora de declarar si acepta o repudiar, se entenderá que repudia. Además los efectos de la aceptación se retrotraen al momento de la delación. Se concluye que no es suficiente la delación de la herencia y la posesión material de los bienes para que los acreedores hereditarios puedan hacer valersus créditos.
Legislación aplicada en el fallo: Cód. Civil art. 700, 722, 956 y siguientes;
Ministros: Domingo Hernández E. ; Guillermo Silva G. ; Margarita Herreros M. ; Maricruz Gómez de la Torre V. ; Sergio Muñoz G.
Texto de la Sentencia
Talcahuano, 16 de diciembre de 2002. Visto:
Rodolfo Cerliani V., en representación del Banco Estado, demanda en juicio ordinario de cobro de pesos,a Sonia del Carmen Opazo Núñez, Juan Cristian Opazo Núñez y Antonio Marcel Opazo Núnez y a doña Mirta A. Núñez V. Expresa que su representando, otorgó a Juan Carlos Opazo Sagredo, un primer préstamo por 1.600 U.F. otorgado en 1997, obligándose a pagar en cuotas. Este no se ha pagado desde la cuota con vencimiento el 30 de abril de 1999, estando en mora por 1.27,37 U.F., más intereses. Que se lehizo un segundo préstamo por $ 30.000.000. otorgado en 1998, correspondiente al saldo del deudor en la línea de crédito en cuenta corriente, por sobregiros, a su vencimiento el 30 de abril de 1999 no fue pagado, por lo que adeuda el capital más los intereses.
Que el deudor falleció el 5 de julio de 1999, lo que consta en certificado de defunción, siendo sus únicos y universales herederos sus hijoslegítimos Sonia del Carmen, Juan Cristian y Antonio Marcel, todos de apellido Opazo Núñez, además de su cónyuge Mirta A. Núñez V. Por ello, pide tener por interpuesta demanda en juicio ordinario de cobro de pesos en sus contras, y en definitiva declarar, que deben pagar al Banco Estado la cantidad de 1.27,37 U.F., más intereses y la suma de $ 30.000.000.– más intereses, además del pago de lascostas de la causa.
Los demandados se encuentran notificados, compareciendo en la dúplica, don Luis E. Andrades Alegría, abogado en representación de Sonia del Carmen Opazo Núñez, quien pide el rechazo de la demanda interpuesta en todas sus partes con costas, porque no son efectivos los hechos en que se funda. Que se la ha demandado por una deuda que habría contraído el padre de su representada, yafallecido, crédito que es inoponible a ella, quien no es única heredera de su padre, que además de los demandados existen otros hijos, y que si fuere efectivo sólo debería responder hasta el monto de lo heredado, no como lo pretende el actor al demandar la totalidad de la deuda.
Se lleva a efecto audiencia de conciliación celebrada sólo con la actora. Se recibe la causa a prueba.
La partedemandante acompaña como prueba copia autorizada del pagaré suscrito por don Juan Opazo Sagredo y copia autorizada del pagaré que documenta una línea de crédito en cuenta corriente.
Se citó a las partes a oír sentencia.
Considerando:
1º. Rodolfo Cerliani V. por el Banco Estado, ha demandado a Sonia del Carmen, Juan Cristóbal y Antonio Marcel, todos de apellido Opazo Núñez y a Mirta A. Núñez...
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