RESUMEN SENTENCIA T 312 2015
Acción de tutela interpuesta por Jesús Aureliano Gómez Jiménez contra el programa “Séptimo Día” y otros.
Asunto: Libertad de expresión y crítica a las autoridades públicas.
Magistrado Ponente: JORGE IVÁN PALACIO PALACIO.
Bogotá, D.C., veintidós (22) de mayo de dos mil quince (2015).
Jesús Aureliano Gómez Jiménez interpuso acción de tutela contra el Canal Caracol S.A. y elprograma Séptimo día, al considerar vulnerados sus derechos fundamentales al buen nombre, a la honra, a la vida y a la imagen personal, por el documental periodístico elaborado y que al parecer alude directamente a su identidad y desempeño como fiscal encargado de la investigación por la muerte de dos menores de edad en la ciudad de Medellín.
HECHOS
El señor Jesús Aureliano Gómez Jiménez afirmaque obra como Fiscal Delegado adscrito a la Unidad de Vida de la Dirección de Fiscalías de Medellín, le correspondió la investigación del presunto asesinato de las menores de edad Catherine Ochoa Patiño y Cindy Lorena Giraldo Correa ocurrido el 9 de marzo de 2009, fue reasignada a otra Fiscal el día 25 de noviembre de 2013. Relata que el 14 de agosto de 2014 se hizo presente en su lugar de trabajoel periodista Juan Guillermo Mercado del programa “Séptimo día”, en compañía de un camarógrafo: “quien de manera arbitraria lo indagó por el proceso que tuvo esta Fiscalía en adelantar por la muerte de las menores”
Con ocasión de los anteriores sucesos, y aunque aún no se había proyectado el reportaje televisivo, radicó acción de tutela el 15 de agosto de 2014 solicitando la protección de susderechos al buen nombre, a la honra, a la vida y a la imagen personal
TRAMITE PROCESAL
Mediante auto calendado el 19 de agosto de 2014, el Juzgado 14 de Familia de Oralidad de Medellín admitió la acción de tutela, vinculó al Director del Programa, Manuel Teodoro Bermúdez, y como medida provisional ordenó al canal abstenerse de difundir el nombre del accionante, así como sus imágenes y comentariosdentro del documental que elabora con respecto a la muerte de las jóvenes, hasta tanto el Despacho emitiese el fallo definitivo.
El Canal Caracol S.A. y Manuel Teodoro, en contestación conjunta, se opusieron a las pretensiones de la tutela.
En sentencia calendada el 1º de septiembre de 2014, el Juzgado 14 de Familia de Oralidad de Medellín concedió el amparo y mantuvo la medida cautelar deprohibir al canal presentar referencias directas al señor Jesús Aureliano Gómez Jiménez, entendidas ellas dentro del curso de la filmación no autorizada que se realizó.
En segunda instancia, el Tribunal Superior de Medellín, Sala Quinta de Decisión de Familia revocó el fallo y en su lugar negó el amparo impetrado. Sostuvo que (i) el señor Gómez Jiménez representa una figura pública por su cargo y larelevancia social que el proceso penal adquirió para la ciudadanía; (ii) el temor que siente el actor por su integridad personal “no tiene como origen la trasmisión que de su imagen pudiese realizar el programa Séptimo Día, sino que tiene su venero en la actividad laboral que desarrolla –Fiscal Delegado Adscrito a la Unidad de Vida de Medellín”; (iii) el procedimiento interno de la Oficina deComunicaciones de la Fiscalía General de la Nación no es oponible a la Constitución Política y no puede erigirse como una limitación al derecho fundamental a la libertad de información.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE CONSTITUCIONAL
El problema jurídico sería: ¿Vulneró Caracol Televisión S.A. los derechos fundamentales al buen nombre, a la honra, a la imagen propia y a la vida de Jesús Aureliano GómezJiménez, con ocasión del reportaje periodístico realizado y la emisión del programa “Borrando la evidencia” en el que se hacen referencias directas e indirectas a la labor del accionante como Fiscal?
Para dar respuesta a lo anterior, la Corte se pronunciará sobre los siguientes aspectos:
(i) el derecho fundamental a la libertad de expresión y de información en el sistema constitucional...
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