resumen Sentencia T-40692
Yandra Marcela Cuello
Laura Alvarez Medina
SENTENCIA DE JUNIO 5 DE 1992
SENTENCIA
Hechos:
- El Sr.Jose manuel rodriguez Rangel presento una tutela en contra del Sr. Enrique Charnuty Gonzales (gerente de las empresas publicas de Cartagena), resuelto por el tribunal contencioso administrativo de Bolivar.
- Sr. Jose Manuel expone en la tutela que en el año 1991 dichas empresaspublicas iniciaron la construcción de un servicio de alcantarillado en el barrio Villa hermosa de Cartagena, después de 1 año, sin ser terminada, la obra fue puesta en marcha.
- En consecuencia de que ésta obra no fue terminada, se desencadenaron desbordamientos de aguas negras, lo que producía olores nauseabundos y contaminación a los residentes del barrio y sus próximos.
- Lo que sepretende con esta acción es que el tribunal de la orden a la entidad demandada de que finalicen la construcción o alguna otra medida que proteja a los afectados.
Fundamento:
El demandante solicita la protección de su derecho a la salubridad pública consagrado en el artículo 88 de la Constitución Nacional.
ART 88:
“La ley regulará las acciones populares para la protección de losderechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y la salubridad públicos, la moral administrativa, el ambiente, la libre competencia económica y otros de similar naturaleza que se definen en ella. También regulará las acciones originadas en los daños ocasionados a un número plural de personas, sin perjuicio de las correspondientes acciones particulares. Asímismo, definirá los casos de responsabilidad civil objetiva por el daño inferido a los derechos e intereses colectivos.”
Se pide también que se le respete su derecho al medio ambiente sano y a la salud de la población.
Artículo 6 Decreto 2591:
Causales de improcedencia de la tutela. La acción de tutela no procederá:
3) Cuando se pretenda proteger derechos colectivos, tales como la paz y los demásmencionados en el artículo 88 de la Constitución Política. Lo anterior no obsta para que el titular solicite la tutela de sus derechos amenazados o violados en situaciones que comprometan intereses o derechos colectivos siempre que se trate de impedir un perjuicio irremediable.
Aclara además que se impone la tutela como mecanismo transitorio.
Decisión a revisar:
Presentada la demanda, la Dra.Olga Salvador de Vergel, magistrada ponente, una vez admitida solicito al gerente general un informe detallado sobre la construcción y una inspección de la obra del cual no se realizo el informe, en la mencionada inspección se confirmaron los problemas expuestos en la tutela presentada.
Terminada dicha inspección el tribunal procede a fallar, exponiendo las siguientes razones:
1. "La acción detutela sólo es procedente para la protección inmediata de los derechos constitucionales fundamentales, que son los señalados expresamente en la Constitución, Título 2, Cap1”
2. El artículo 88 de la Constitución Nacional usado como base o fundamento para la tutela no es considerado como derecho fundamental, lo cual lleva a inaplicar por la vía de la excepción de inconstitucionalidad.
Estas 2razones fueron consideradas suficientes, para negar la tutela presentada y para alegar que no era sujeto de impugnación.
Estado Social de Derecho
Suele tratarse bajo el tema de estado de bienestar. Sus antecedentes vienen de todas las revoluciones que se dieron para llegar al fin de garantizar a la sociedad ciertos estándares mínimos no de caridad sino bajo la idea de que se convirtieran enderechos tales como: educación, salario entre otros.
El estado social de derecho busca también la NO concentración del poder en solo un órgano sino la división en este para que no exista un monopolio de poder.
Art. 1. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y...
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